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miércoles, 24 abril 2024

El Gobierno aprueba la reforma del impuesto sobre la plusvalía

El Ministerio de Hacienda modifica el impuesto de plusvalía con el fin de ajustarse a los requerimientos del Tribunal Constitucional.

El Gobierno ha aprobado hoy el Real Decreto-ley que adaptará el impuesto sobre la plusvalía municipal a la sentencia del Tribunal Constitucional, permitiendo a los contribuyentes elegir entre dos métodos de cálculo el que más les beneficie.

El Ministerio de Hacienda pretende reflejar la evolución del mercado inmobiliario mediante un cálculo, como exige el fallo, evitando que el tributo se tenga que abonar en ausencia de ganancia para el contribuyente.

“Es una muy buena noticia para todos los ayuntamientos y también para la ciudadanía”, ha resaltado Isabel Rodríguez, portavoz del Gobierno, en la rueda de prensa posterior a la reunión.

El impuesto de plusvalía municipal

El IIVTNU, o Impuesto de plusvalía municipal, es un tributo de carácter directo, competencia de los ayuntamientos. La obligación de pagar se basa sobre la venta, donación o herencia de una vivienda, y graba la revalorización que hayan experimentado los terrenos urbanos sobre los que estuviera construida dicha vivienda desde el momento de la compra.

La solución de Hacienda pasa por ofrecer dos opciones de cálculo: usar el valor catastral del terreno en el momento del traspaso, aplicando unos nuevos coeficientes que se actualizarán cada año para reflejar la evolución del mercado, o emplear como base imponible la plusvalía real que se obtiene (la diferencia entre el valor de compra y el valor de venta de la vivienda).

Los contribuyentes podrán elegir la fórmula que más les beneficie y los ayuntamientos tendrán a su vez capacidad para rebajar el valor catastral del terreno hasta un 15% para este tributo.

La sentencia del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional hizo pública una sentencia el pasado 26 de octubre, en la que anuló varios aspectos del impuesto de plusvalía municipal. Se trata de una de las grandes fuentes de ingresos de los ayuntamientos, que pueden recaudar hasta 2.500 millones de euros al año gracias a este tributo.

Sin embargo, la nueva normativa no tendrá carácter retroactivo, por lo que se aplicará cuando los ayuntamientos introduzcan la modificación en sus ordenanzas municipales. Por lo que el Gobierno ha otorgado seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley.

También, serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, es decir, las que se producen cuando entre la fecha de compra y de transmisión de la vivienda ha transcurrido menos de un año y que, por tanto, pueden tener un carácter más especulativo.