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viernes, 29 marzo 2024

El Tribunal Constitucional anula el impuesto de plusvalía

La venta de un piso, una herencia o una donación no pagarán la plusvalía municipal, por lo que este fallo afecta tanto a los Ayuntamientos como a los ciudadanos.

El Tribunal Constitucional publicará en los próximos días una sentencia en la que declara la nulidad de facto del impuesto de la plusvalía.

Este impuesto afecta a los Ayuntamiento y a los ciudadanos, ya que a partir de este fallo, la venta de un piso, una herencia o una donación no pagarán la plusvalía municipal. Y esto significa que este año los Ayuntamientos dejarán de ingresar aproximadamente 4.000 millones de euros en toda España.

El Tribunal Constitucional ha declarado contrarias a la Norma Fundamental y, por tanto, nulas las reglas de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que hasta ahora se han aplicado para el cálculo de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía.

De hecho, el ministerio de Hacienda prepara “un borrador legal” para reformular el sistema de cálculo de la plusvalía municipal, anulado por el Tribunal Constitucional.

¿Cuándo y quién debe pagar la plusvalía?

La plusvalía municipal se paga cuando se produce la venta de un inmueble, una donación o una herencia, principalmente. Se trata de un impuesto establecido que debe ser liquidado con el ayuntamiento que corresponda por ubicación del bien en cuestión.

En el caso de la venta, debe ser abonado por el vendedor; en el caso de donación y herencia el encargado de pagarlo es el que recibe el bien. En las ventas y donaciones hay un plazo de 30 días hábiles desde la transmisión; en las herencias el plazo es de seis meses, prorrogables hasta un año.

Tras el fallo del Tribunal Constitucional, se cuestiona si esta sentencia tiene carácter retroactivo y los contribuyentes podrán ver devuelto el importe de los impuestos pagados.

Sin embargo, la sentencia no tendrá carácter retroactivo y no afectará a las resoluciones firmes que ya han sido adoptadas al respecto por juzgados y tribunales.