El TSJCV frena el intento sindical de suspender los mínimos de la huelga docente

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La Sala considera que debe prevalecer el interés del alumnado que prepara la EBAU frente a la suspensión urgente solicitada

El TSJCV ha rechazado la suspensión urgente de los servicios mínimos fijados para la huelga indefinida en la educación pública valenciana, una medida que habían solicitado los sindicatos CSIF y CCOO.

La decisión afecta a la resolución aprobada por la Generalitat para regular el funcionamiento básico de los centros durante el paro docente, iniciado este lunes 11 de mayo en la enseñanza pública no universitaria.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que no existen elementos suficientes para suspender cautelarísimamente los servicios mínimos. En concreto, no aprecia una falta evidente de motivación ni una desproporción clara en la resolución recurrida.

Una decisión sin entrar al fondo

El tribunal aclara que el pronunciamiento no resuelve el fondo del recurso, ya que esa cuestión requiere un análisis posterior más profundo.

Aun así, los magistrados sostienen que, en esta fase inicial, los servicios mínimos aprobados por la Generalitat no presentan defectos ostensibles que justifiquen su suspensión inmediata.

La resolución recuerda que el derecho de huelga puede generar molestias en los servicios públicos, pero también que debe ponderarse cuando afecta a otros derechos fundamentales.

El papel del alumnado de segundo de Bachillerato

El tribunal otorga especial relevancia al alumnado de segundo de Bachillerato, que se encuentra en la recta final de preparación de la EBAU.

La Sala considera que estos estudiantes tienen un interés general preponderante en afrontar la prueba sin incidentes, incertidumbres o tensiones añadidas a las propias del examen.

Con este razonamiento, el TSJCV mantiene vigentes los servicios mínimos establecidos por la Generalitat mientras continúa el procedimiento judicial sobre el fondo del asunto.