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miércoles, 24 abril 2024

El calzado desbloquea el convenio sectorial

Patronal y sindicatos acuerdan la subida de sueldosde un 12,5% hasta 2025 y la reducción progresiva de jornadas hasta las 12 horas dentro de 3 años.

El nuevo convenio laboral del sector del calzado tiene vía libre tras el acuerdo alcanzado ayer martes 27 de diciembre entre patronal y sindicatos. El texto que será firmado el próximo 24 de enero en Madrid ha superado principalmente las trabas de subidas salariales y reducción de jornadas reclamadas por sindicatos.

En un comunicado conjunto de Comisiones Obreras y UGT se valora el preacuerdo en el Convenio de la Industria del Calzado con una subida salarial que se situará en el 12,5% durante la vigencia del mismo.

La Comisión negociadora del Convenio Colectivo de la Industria del Calzado ha alcanzado el preacuerdo tras más de nueve meses de negociaciones y asambleas.

Cabe recordar, que el sector del calzado se manifestó en una huelga para reclamar el nuevo convenio laboral.

El documento concluye que desde el 2022 al 2025 se incrementarán progresivamente los salarios. Los efectos económicos se aplicarán desde el 1 de julio de 2022 con unos incrementos en 2022 un 4%, generando atrasos desde el 1 de julio, para 2023 un 4%, para 2024 un 2,5% y para el año 2025 un 2%.

Asimismo, se revisarán al alza, en su caso, las tablas salariales por la diferencia entre el IPC real acumulado y la subida salarial acumulada en tablas hasta una diferencia máxima del 3%, que se adicionará en las tablas a partir de enero de 2026.

Por otra parte, se reducirán 4 horas de jornada anual en 2023, otras 4 horas en 2024 y otras 4 horas en 2025, terminando este convenio con una reducción total de 12 horas de jornada anual.

Además, se conceden 2 días por nacimiento a progenitor que no acredite los periodos de carencia de cotización para tener acceso a la prestación de nacimiento y cuidado del menor. Otros 4 días de permisos no retribuidos, que no será necesario justificar, con un preaviso de 5 días.

El preacuerdo ha incluido mejoras en otras cuestiones como:
● Igualdad de trato y no discriminación retributiva
● Traslado del segundo párrafo del apartado 9 del artículo 27 al artículo 48.
● Trabajo a Distancia.
● Nueva redacción y composición de la Comisión Paritaria.
● Texto sobre Formación Profesional para el Empleo.
● Fijos discontinuos. Desde la firma del convenio y en el plazo máximo de seis
meses se debe consensuar un modelo de contrato fijo discontinuo que responda
a las peculiaridades del sector.
● Acumulación anual de las horas de crédito entre los delegados o delegadas
sindicales, de personal y Comité de Empresa.
● La ultraactividad del nuevo convenio colectivo será indefinida.
● Cláusula de fidelización. Adaptación de los tramos al nuevo sistema de jubilación
(tramos de edad de 62 al 67).