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jueves, 25 abril 2024

No habrá suspensión cautelar para la ordenanza de convivencia cívica de Alicante

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desestima la petición de suspensión cautelar solicitada por Unidas Podemos EUPV

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha desestimado la suspensión cautelar solicitada por el Grupo Municipal Unidas Podemos EUPV de la Ordenanza de Convivencia Cívica aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Alicante el pasado 15 de febrero. Se trata de la regulación que ha generado polémica en cuanto a las sanciones a indigentes, personas que duermen en la calle y a la práctica de la prostitución. El auto dictado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del TSJCV estima que la demanda no sustenta el presupuesto de “periculum in mora”, por el que no se acredita que su aplicación vaya a generar perjuicios irreparables a terceras personas que, “en el supuesto de que la impugnación jurisdiccional tenga éxito, el resultado procesal obtenido resultará inútil para reparar de manera satisfactoria la lesión producida”.

Asimismo subraya que no hay un “fundamento sólido” que acredite que se vayan a causar daños irreparables y se ampara en criterios jurídicos para primar el “interés público en la aplicación inmediata de las normas que lo componen”, mirando así por el conjunto de la ordenanza. El TSJCV emplaza a la sentencia definitiva sobre la posible nulidad de esta normativa.