```

Noticias de Alicante y provincia

martes, 23 abril 2024

Los incendios de Vall d’Ebo y Bejís evidencian la falta de protocolos para salvar animales

El 1 de agosto se aprobaba el Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales que requiere planes autonómicos de evacuación

Organizaciones animalistas y naturalistas aplauden la inclusión en el nuevo Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales de la obligatoriedad de que las Comunidades Autónomas desarrollen planes de evacuación para especies domésticas y de trabajo ante desastres naturales como los incendios que se están viviendo en la Comunidad Valenciana desde hace casi dos semanas. Planes, que existen en otros países como Estados Unidos, con resultados positivos, señala Rubén Pérez, de Fundación Franz Weber (FFW).

“Tenemos cada vez incendios más grandes y más potentes y que lógicamente generan más impacto en la biodiversidad”, señala Pérez. Precisamente, recuerda que ayer lunes 22 de agosto ecuchaba a un ganadero de la Comunitat cómo relataba que en su nave habían ardido 9.000 pollos. “El Proyecto de Ley estatal precisamente serviría para, no quizá para evacuar a la totalidad de los animales en un incendio, pero sí para mitigar”. Y entre las medidas, que a su juicio podrían incorporar los protocolos de desarrollo regionales, “que haya equipos veterinarios adscritos por ejemplo a unidades de bomberos forestales o a los cuerpos pues del Consorcio de la Diputación de Castellón o de otros organismos; y tratar de establecer unas pautas mínimas para a la hora de evacuar a una familia a un municipio que se cuente también con los animales. Muchas veces van a un pabellón pero no hay ningún espacio habilitado para los animales y tienen que dejarlos animales en su casa o en la casa de algún familiar. O dependen de la buena voluntad que pueda tener una asociación protectora o una tercera persona”.

Otra de las claves para evitar tantas pérdidas animales es la de informar a la población con animales, por ejemplo sobre el kit de evacuación animal, afirma Rubén Pérez. “Los consejos básicos serían disponer de una mochila con algunas cuestiones muy, muy sencillas que sería el pienso del animal, agua fresca, algunos medicamentos veterinarios que pueden utilizar el animal de forma regular o algo pues por ejemplo para una quemadura o para una rozadura. Y luego eh tener más o menos previsto donde se podrían alojar esos animales”. En el caso de instalaciones públicas, proponen crear un pequeño vallado para alojarlos.

Hoy día, Rubén Pérez sostiene que la información no la tienen ni siquiera los profesionales que trabajan con aimales. “En general un ganadero no sabe cómo tiene que actuar, no sabe que tiene que sacar a los animales, cómo se hace eso. De hecho, quizá en ganadería extensiva es más fácil pero en ganadería intensiva es prácticamente imposible mover a todos esos animales y más cuando no tienes medios técnicos, porque nadie tiene camiones enormes para transportar esos animales. Eso se suele contratar en el momento de llevarlos al matadero. Entonces es cierto que la sensibilización unida a los protocolos y a los medios técnicos y humanos podría dar buenos resultados”.

Llamamientos en redes sociales

Cabe recordar que en el caso de los últimos incendios ya se dieron situaciones en los que se evidenció la necesidad de regular muchas de estas directrices y enmarcarlas en protocolos detallados. En Alcublas, por ejemplo, provincia de València, por donde pasó de provincia el fuego del incendio de Bejís, una de las situaciones más relevantes se daba cuando en redes sociales se hacía un llamamiento para que sacaran a los animales de un refugio en plena montaña.

Muchos medios se hicieron eco de la desesperación de quienes gestionaban estos refugios y que se les pidió que desalojaran. Aunque afortunadamente en este caso no afectó a los animales, sí que situaciones como estas vuelven a plantear la resolución de vacíos en cuanto a los detalles que ahora parece que sí, se incluyen en la nueva Ley.

Por otra parte, cabe destacar que una de las misiones de efectivos como la Guardia Civil en las zonas que se desalojaron de forma preventiva fue la de acompañar a propietarios a dar de comer a los animales que permanecían en zonas donde no se permitía el acceso.

Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales

En un comunicado conjunto entre FFW e INTERcids, detallan como positivas algunas medidas del nuevo Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales aprobado por el Consejo de Ministros dio luz verde, aunque todavía recuerdan que cabe seguir trabajando en el texto y su desarrollo. Entre las novedades que afectarían especialmente a Andalucía se encuentra la no diferenciación de perros en función de la actividad para la que sean empleados (pastoreo o caza) y la necesidad de que los planes autonómicos de emergencias cuenten con los animales.

El texto aprobado en Moncloa subraya la obligatoriedad de que los planes de emergencia de cada comunidad autónoma incluyan las instrucciones relativas al modo de evacuación de los animales y su atención sanitaria “cuando sea necesario”. Esta apreciación se localiza en el Capítulo VII del Proyecto de Ley.

De este modo se evitarían, o al menos mitigarían, miles de bajas en explotaciones ganaderas y viviendas particulares a causa de los incendios que asolaron las provincias de Alicante y Castellón durante los últimos días. Por ejemplo, algunos ganaderos denunciaron como perdieron miles de aves, calcinadas en la misma nave avícola, y muchas personas huyeron, literalmente con lo puesto, a los espacios habilitados para la evacuación.

Los fuegos de Vall d’Ebo y Bejís han calcinado decenas de miles de hectáreas y el impacto sobre la biodiversidad local ha sido enorme. En su momento la ONG naturalista estimó que entre 10 y 15 animales habrían muerto a causa de las llamas por cada hectárea. El impacto total es difícilmente estimable pero da cuenta de la devastación que provocan estos fenómenos, intencionados o no por el ser humano.

Exhibición y compraventa de animales

FFW e INTERcids han señalado que, a pesar de que el Gobierno aceptó su propuesta de prohibir la venta directa por Internet y otros medios telemáticos, se ha restringido el veto en tiendas a perros, gatos y hurones, manteniendo la venta de otras tantas especies susceptibles de abandono, como roedores e incluso reptiles.

La cría de animales solo podrá llevarse a cabo por criadores registrados, prohibiendo de este modo la cría entre particulares o con fines distintos a la actividad comercial regulada.

Corrección de definiciones y otras mejoras

Las aportaciones de FFW e INTERcids han permitido, entre otras, modificaciones que eran necesarias en diversas definiciones del texto legal. Otras de las mejoras admitidas ha sido eliminar la distinción que se hacía en borradores anteriores entre los gatos ferales, que ahora pasan a ser llamados generalmente “comunitarios”. El Gobierno ha aceptado también la necesidad de establecer revisiones veterinarias obligatorias con una periodicidad concreta, que en el caso de animales dedicados a actividades profesionales deberá ser anual.

Animales desprotegidos y exclusión de actividades que conllevan maltrato animal

Respecto a los animales a los que se aplicará esta ley, recuerdan que se ha eliminado de su ámbito de aplicación a animales domésticos o domesticados, de manera que únicamente afectará a animales de compañía y silvestres en cautividad.

Con este paso los animales de producción sólo estarían protegidos si pierden esa finalidad productiva y son inscritos en el registro de animales de compañía.