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viernes, 29 marzo 2024

La huelga de Ryanair deberá garantizar 8 de cada 10 vuelos extranjeros a Alicante en agosto y Navidad

Los tripulantes de cabina de pasajeros se movilizarán todas las semanas de lunes a jueves desde el 8 de agosto hasta el 7 de enero

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha
comunicado a Ryanair, Aena, Enaire y a los sindicatos convocantes, USOSTA y Sitcpla, los servicios mínimos correspondientes a la convocatoria de
huelga de Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP) para los próximos
meses, desde el día 8 de agosto de 2022 hasta el día 7 de enero de 2023,
ambos incluidos, durante las cuáles las jornadas de huelga tendrán lugar
semanalmente de lunes a jueves.

La compañía deberá mantener al menos 8 de cada 10 aviones de rutas extranjeras hacia o desde el aeropuerto de Alicante-Elche Miguel Hernández en temporadas altas de agosto y Navidad. Concretamente el 83% en agosto, 77% en septiembre, 73 en octubre 75% en noviembre, 77% en diciembre y un 80% en la temporada navideña.

Respecto a los vuelos domésticos o extranjeros cuyo medio alternativo de viaje suponga un tiempo de recorrido igual o superior a las cinco horas, se deberá garantizar un 60% de los vuelos este mes de agosto, 58% en Navidad y entre el 55% y el 59% el resto de meses.

La resolución de los servicios mínimos también se ha publicado en la página web del
Ministerio
.

Fuentes sindicales de USO Y SITCPLA informan que las reivindicaciones de esta nueva convocatoria de huelga en Ryanair responden a tres motivos principales. El primero, la aplicación de los mínimos estatutarios de la legislación española en materia laboral y sindical a todos los tripulantes de cabina que prestan sus servicios en los aviones de Ryanair y en las diez bases españolas.

“Esto se traduce en la aplicación de los derechos laborales básicos, que no pueden suponer objeto de negociación, tales como 22 días laborables de vacaciones anuales; 14 festivos legalmente establecidos; cumplimiento de la ley de PRL; concesión de los derechos de guarda legal, concreción y reducción de jornada; el abono de los niveles salariales previos a pandemia, tal y como la Audiencia Nacional ya falló en sus sentencia; fin de la contratación de trabajadores a través de cesión ilegal de trabajadores, también condenado por la Audiencia Nacional y el respeto al legítimo ejercicio del derecho a huelga por los trabajadores”.

En segundo lugar, la readmisión inmediata de los 11 trabajadores despedidos durante las anteriores convocatorias de los meses de junio y julio por secundar el derecho constitucional a huelga. Y, en tercer lugar, la paralización y archivo de todos los expedientes sancionadores abiertos a aproximadamente unos 100 trabajadores con motivo de los paros anteriores.

Desde que se iniciara la primera convocatoria de huelga en el mes de junio hasta mediados de julio, en España se han cancelado 285 vuelos y contabilizados 2.384 retrasos, más de 50.000 pasajeros afectados, 8 trabajadores despedidos por ejercer su derecho a huelga y más de 70 procesos disciplinarios abiertos contra los trabajadores.