La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto a un quiromasajista acusado de agredir sexualmente a una menor de 16 años durante una sesión de masaje en su domicilio de Sant Joan d’Alacant. El tribunal considera que las pruebas presentadas durante el juicio no permiten acreditar la agresión atribuida al procesado.
Los hechos denunciados se remontan al 14 de mayo de 2022, cuando el acusado acudió a la vivienda familiar para realizar un masaje que había contratado la madre de la adolescente. La sentencia da por acreditada la prestación del servicio, pero concluye que no existen elementos probatorios suficientes para demostrar que el profesional cometiera los actos de carácter sexual que se le imputaban.
La resolución judicial señala que la acusación se sustentaba en el testimonio de la menor, sin que se aportaran otras pruebas que corroborasen su versión. Los magistrados también hacen referencia a las dudas y titubeos que, según su valoración, presentó la declaración de la adolescente durante el procedimiento.
Asimismo, el tribunal indica que no constan informes de la exploración practicada a la menor que acrediten la agresión sexual. Tampoco se dispone de muestras de ADN que permitan confirmar los hechos denunciados.
Ante esta situación, la Audiencia considera que el material probatorio resulta insuficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado. Por ello, aplica el principio jurídico in dubio pro reo, que establece que las dudas razonables sobre la culpabilidad deben resolverse a favor del procesado.
La sentencia absolutoria no es firme, ya que puede recurrirse en apelación en un plazo de diez días desde su notificación.



