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lunes, enero 12, 2026

Cinco años de prisión por abusar de la hija de su mujer cuando estaba ebria

La agresión sexual tuvo lugar en la madrugada del 11 de septiembre de 2021 en el domicilio del acusado, en Alicante

Un hombre de 42 años ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Alicante a cinco años de prisión y al pago de una compensación de 20.000 euros por agredir sexualmente de la hija de su mujer cuando se encontraba ebria, en estado de inconsciencia.

El encausado asumió los hechos en el inicio del juicio, celebrado ante un tribunal de la Sección Décima, tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía por el que se reconocía la atenuante de reparación del daño, toda vez que el procesado había consignado 6.000 euros para cubrir responsabilidades antes de la celebración de la vista.

La agresión sexual tuvo lugar en la madrugada del 11 de septiembre de 2021 en el domicilio del acusado, en Alicante, al que la víctima se había mudado desde Ecuador siete meses antes.

La sentencia detalla en concreto que la víctima, de 20 años en el momento de los hechos, se encontraba acostada en su habitación y bajo los efectos del alcohol, después de haber participado en una fiesta celebrada en la misma casa con varios invitados y sin la presencia de su madre.

En ese momento, su padrastro entró en su habitación y comenzó a masajearla en la espalda, y al ver que la chica no reaccionaba, le bajó los pantalones y la ropa interior para consumar la agresión sexual antes de retirarse al pensar que la víctima podía percatarse de lo que estaba sucediendo.

Ese fue el relato que ofreció la víctima en su declaración por el sistema de videoconferencia, en el que añadió que después de que su padrastro saliese de su habitación, llamó a una amiga que vivía en Ecuador y a otro amigo, y se fue de la casa.

El tribunal confiere credibilidad al testimonio de la víctima, que fue asumido por el procesado, y lo condena a cinco años de privación de libertad por un delito de agresión sexual con penetración y relación de parentesco. Además, añade la medida de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima durante diez años y otros ocho años de libertad vigilada.