Ratifican 15 días de suspensión a un dermatólogo de Torrevieja tras 47 quejas de pacientes

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El TSJCV ha avalado la suspensión de empleo y sueldo durante 15 días a un dermatólogo del Hospital de Torrevieja tras acumular 47 quejas en poco más de tres meses, muchas por negarse a atender a pacientes derivados.

El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha confirmado la suspensión de empleo y sueldo durante 15 días a un dermatólogo del Hospital de Torrevieja, en Alicante, tras acumular 47 quejas de usuarios en poco más de tres meses, muchas de ellas por negarse a atender a pacientes derivados por otros médicos y por un trato considerado inadecuado o vejatorio.

La resolución del TSJCV, fechada el 7 de julio, ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Elche, dictada el 27 de octubre de 2025. Este juzgado ya había avalado la sanción disciplinaria impuesta por la Conselleria de Sanidad por una falta muy grave y había rechazado la demanda del facultativo contra la medida.

Sanción por falta muy grave

Sanidad impuso en junio de 2023 la suspensión de empleo y sueldo al médico, que entonces era jefe del Servicio de Dermatología del Hospital de Torrevieja. La conselleria consideró acreditado que entre el 1 de enero y el 9 de marzo de ese año el Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP) recibió 47 quejas relacionadas con este servicio, todas atribuidas al mismo especialista.

De esas 47 reclamaciones, nueve quedaron formalizadas por escrito. En ellas se denunciaba de forma reiterada un rechazo injustificado a prestar atención especializada y a aceptar propuestas de consulta remitidas por médicos de Atención Primaria y por otros especialistas. Además, se recogían quejas por un trato considerado vejatorio o inadecuado hacia los pacientes.

Los usuarios afectados presentaban patologías de diversa gravedad. Entre ellas figuraban una lesión sangrante, psoriasis pustulosa, tumoraciones de evolución rápida o un melanoma nodular, según el expediente administrativo incorporado al procedimiento judicial.

La sentencia de instancia ahora confirmada también recoge un volumen mucho mayor de reclamaciones en un periodo más amplio. El juzgado constató hasta 202 quejas, tanto verbales como escritas, registradas en el SAIP en el plazo de un año, principalmente por el rechazo sistemático de propuestas de consulta por parte del jefe del servicio.

Recurso del médico y respuesta del TSJCV

El médico sancionado recurrió en suplicación la sentencia de Elche ante la Sala de lo Social del TSJCV. Alegó que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia como trabajador. Sostenía que no habían quedado demostradas las infracciones disciplinarias que se le atribuían.

Sin embargo, la Sala de lo Social ha desestimado ahora el recurso. Los magistrados consideran que el juzgado de lo Social de Elche ha explicado de forma suficiente en su sentencia por qué otorga plena credibilidad a la documentación incorporada al expediente administrativo.

La resolución subraya que la existencia de directrices internas sobre gestión de agendas o priorización asistencial, alegada por el recurrente, ‘no le eximía del cumplimiento de los deberes inherentes a su función’. Los jueces remarcan que el ‘rechazo reiterado e injustificado’ de solicitudes de asistencia especializada afectó directamente al ‘derecho de los pacientes a recibir una asistencia adecuada en las condiciones de calidad y diligencia debidas’.

El TSJCV ha confirmado así la calificación de falta muy grave y la sanción de suspensión de empleo y sueldo durante 15 días. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.