```

Noticias de Alicante y provincia

miércoles, 24 abril 2024

El Supremo avala las rebajas de penas aplicadas por la ley del ‘solo sí es sí’

El pleno de lo penal confirma los primeros casos de condenas firmes por violación o abuso rebajadas por la nueva ley y rechaza la petición de la Fiscalía de que sus sanciones de cárcel volvieran a aumentar

El Tribunal Supremo ha rechazado la tesis de la Fiscalía y ha confirmado las primeras rebajas de condenas firmes de delincuentes sexuales que han llegado a su mesa en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí‘.

Los jueces de lo penal confirman el criterio de los tribunales territoriales y rechazan siete recursos de la Fiscalía pidiendo anular rebajas y 22 recursos de violadores solicitando estas revisiones a la baja.

Lo han hecho durante el pleno monográfico celebrado entre este martes y este miércoles para unificar doctrina y marcar el camino a seguir en cuanto a las revisiones de condena.

La Sala de lo Penal respalda así las rebajas dictadas por las audiencias provinciales en base al principio de retroactividad del Código Penal que mandata aplicar siempre la ley que sea más favorable para el reo.

Rechaza, por tanto, aplicar la disposición transitoria quinta a la que apeló el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y en la que se indica que no se debe reducir una condena si la pena inicial cabe dentro de la nueva horquilla de penas.

De los 29 recursos analizados, el Pleno ha rechazado todos menos uno, en el cual han detectado un “error dosimétrico” de la Audiencia y han decidido volver a elevar la pena al agresor al que se le había atenuado por la entrada en vigor de la ley de garantía integral de la libertad sexual (la del ‘sí es sí’). Desestiman igualmente las peticiones de los condenados que exigían una rebaja todavía mayor que la que le habían aplicado los tribunales españoles.

Los argumentos de cada caso se conocerán en los próximos días pero las resoluciones de distintas audiencias provinciales que quedan ahora confirmadas ya dibujaban un criterio general: una condena mínima debe adaptarse a la nueva condena mínima si es más baja y una condena intermedia que sea posible con la nueva ley se queda igual.

La inmensa mayoría de los casos se han resuelto por acuerdo unánime de los 15 integrantes del pleno de la sala segunda, pero en uno de ellos no han alcanzado unanimidad y varios magistrados y magistradas firmarán un voto particular para ese caso concreto.

Más de 1.000 rebajas y datos incompletos

El pleno de lo penal del Supremo se reunía esta semana para analizar hasta tres decenas de casos de agresores sexuales que reclamaban una rebaja de sus condenas firmes en base a la ley que entró en vigor en octubre. Hasta la fecha solo había examinado casos que todavía no habían sentenciado de manera definitiva y tenía pendiente establecer criterios sobre cómo afecta esta ley a las condenas que ya fueron declaradas firmes hace años y antes de su entrada en vigor.