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miércoles, 27 septiembre 2023

San Vicente publica las ayudas para actuaciones de Especial Interés Turístico

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles, a partir de mañana 2 de junio de 2023 y el plazo para presentar la justificación es hasta el 31 de agosto de 2023

El Boletín Oficial de Provincia (BOP) de 1 de junio de 2023, publica la convocatoria de subvenciones puestas en marcha por la Concejalía de Turismo del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a asociaciones, entidades y empresas para la realización de actuaciones de Especial Interés Turístico para el ejercicio 2023, por 25.000 euros.

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Las ayudas, cuyas bases pueden ser consultadas en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de San Vicente del Raspeig http://raspeig.sedipualba.es/tablondeanuncios/, podrán ser solicitadas por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, autónomos y empresas organizadoras de eventos de promoción turística de iniciativas en las categorías deportivas, culturales, de fiestas, gastronómicas y comerciales, que se realicen en el término municipal de san Vicente y que redunde en la promoción turística de la localidad.

La cuantía máxima de las subvenciones objeto de esta convocatoria es de 5.000 euros por entidad y están destinadas a financiar los programas y proyectos o actuaciones realizadas entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de julio de 2023.

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La concejal de Turismo en funciones, Asun París, ha destacado que “una vez superada la crisis sanitaria de la pandemia, se han retomado dichas subvenciones para actividades comprendidas entre 2022 y 2023“.

El plazo de presentación de la solicitud será de veinte días hábiles, a partir de mañana 2 de junio de 2023 y el plazo para presentar la justificación es hasta el 31 de agosto de 2023 e incluye una memoria de actuación y una memoria económica de la misma.

Entre los requisitos, las asociaciones tendrán que estar inscritas en el registro municipal de Asociaciones, haber cumplido las obligaciones de presentación del presupuesto y programa anual de actividades y no estar incursas en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

La convocatoria se ajusta a la Ley General de Subvenciones y a la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones y cuenta con la autorización de gasto con cargo a los presupuestos de este ejercicio.