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jueves, 28 marzo 2024

San Vicent del Raspeig: una ciudad al 23,4% de su actividad

Del censo total de 1422 comercios, establecimientos hosteleros, industrias y servicios se han cerrado después de este segundo decreto un total de 1089.

El cierre de las actividades no esenciales decretado por el Gobierno el pasado domingo ha afectado en San Vicente del Raspeig a un 76,58% del tejido productivo de la ciudad.  Solo un 23,42% de la industria, de los servicios y de los establecimientos comerciales y hosteleros permanecen abiertos.

La estadística es estimativa y ha sido elaborada por la Concejalía de Comercio e Industria que advierte, no obstante, que posiblemente el porcentaje de cierres sea aún mayor. Del censo total de 1422 comercios, establecimientos hosteleros, industrias y servicios se han cerrado después de este segundo decreto un total de 1089, lo que supone un porcentaje del 76,58%. Tras decretarse por primera vez el Estado de Alarma, el porcentaje de clausuras ya había alcanzado el 47,89, es decir, prácticamente la mitad del tejido productivo de la ciudad ya echó el cierre

El concejal de Empleo, Desarrollo Local, Comercio e Industria, Alberto Beviá, admite que el cierre de la actividad no esencial supone un golpe muy duro para la ciudad. “La recuperación no será fácil, pero con el esfuerzo de todos y las medidas de ayuda que estamos adoptando todas las administraciones iremos poco a poco recobrando la actividad y, por tanto, la normalidad”.

El decreto ley publicado en el BOE establece un anexo en el que se enumeran hasta 25 actividades por cuenta ajena que no están incluidas en el permiso al considerarse esenciales. Todas ellas se mantendrán activas las dos semanas que dure la paralización económica de los demás sectores del país con el objetivo de reducir la movilidad y frenar los contagios del Covid-19.

Entre otras se permiten las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado: alimentación, bebida, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto para la protección de la salud. También la Hostelería y restauración a domicilio, la producción y distribución de bienes, servicios, tecnología sanitaria, material médico, equipos de protección, equipamiento sanitario y hospitalario, el transporte de personas y mercancías, la atención a menores y mayores, personas con discapacidad y personas dependientes y las que tengan que ver con la actividad contra la COVID-19. También los servicios funerarios y las actividades conexas.

Al margen de los servicios básicos de distribución de agua, luz y gas, también figuran en el decreto, entre otras actividades, la atención sanitaria a animales, medios de comunicación y venta de prensa, servicios bancarios, financieros y de seguros y empresas de telecomunicaciones, audiovisuales y de servicios informáticos esenciales, así como abogados, procuradores, intérpretes y psicólogos y la distribución y entrega de productos adquiridos por internet o por teléfono.