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viernes, 29 marzo 2024

Las mujeres con reglas dolorosas podrán pedir la baja a partir de hoy

Entran en vigor también la baja por interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo y el permiso a partir de la semana 39 de gestación.

Las mujeres con menstruación incapacitante tendrán derecho a baja laboral temporal a partir de hoy 1 de junio, fecha en la que entra en vigor ya que están incluidas en la reforma de la ley del aborto aprobada el mes de febrero.

Además, se recogen los derechos a permiso laboral por la interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo, la baja a partir de la semana 39 de gestación y la baja por menstruación incapacitante.

Estos derechos fueron incluidos en el marco de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, en la cual se modifica la ley general de la seguridad social para reconocer como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas bajas laborales en caso de menstruación incapacitante secundaria, así como la situación posterior a la interrupción del embarazo y el embarazo desde el día primero de la semana 39.

La norma no establece los requisitos para solicitar las bajas, aunque será necesaria la constatación de la situación por el médico, como en cualquier enfermedad común. Tampoco especifica la norma la cuantía de prestación económica.

En el caso las menstruaciones incapacitantes e interrupción del embarazo, el subsidio se abonará mientras el beneficiario se encuentre en situación de incapacidad temporal. La norma no establece un número de días concreto para estas bajas laborales.