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viernes, 29 marzo 2024

Pajitas, palillos y platos de plástico quedarán prohibidos desde este sábado en toda la UE

En el caso de España, el Gobierno recuerda que esta entrada en el mercado es "efectiva" desde esta fecha, aunque no está terminada la ley que lo regula

A partir del 3 de julio, estará prohibida la venta de platos, cubiertos, vasos o envases de plástico desechable, en toda la Unión Europea. Es una directriz comunitaria de obligado cumplimiento para todos los estados miembros. Aunque como en el caso de España, la ley que recoge la prohibición todavía está en trámite parlamentario y no se espera su aprobación hasta Navidad.

Asimismo, Bruselas pidió a los países de la Unión que armonizaron la prohibición de este tipo de plásticos, e insistió en la necesidad que los gobiernos garanticen que las nuevas reglas sean aplicadas de manera “correcta y uniforme”.

La Comisión Europea busca la retirada del mercado de los productos de plástico desechable para los que ya existen alternativas y, para lo cual, aprobó hace ya dos años una directriz sobre este tema, que daba de plazo en los Estados hasta hoy sábado.

Por tanto,  queda prohibida la venta de cualquier producto fabricado con plástico oxodegradable, con microsferes de menos de 5 milímetros, palillos de algodón, cubiertos de plástico, platos, pajitas, pajitas agitadores de bebidas, el palo de los globos, los recipientes de poliestireno expandido y los vasos de este mismo material.

España sin ordenamiento jurídico

En el caso de España, el Gobierno ha asegurado que la prohibición también será “efectiva” desde esta fecha, a pesar de que la directiva europea que lo regula no está todavía traspuesta al ordenamiento jurídico nacional.

España no aprobado el proyecto de ley de residuos y suelos contaminados que incluye esta transposición. La iniciativa legislativa fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 18 de mayo y acaba de iniciar recientemente su tramitación parlamentaria. El 24 de mayo, el Congreso de los Diputados debatió y posteriormente rechazó la enmienda a la totalidad de Vox para devolver el proyecto de ley en el Gobierno.

En una reciente nota informativa de la Subdirección General de Economía Circular de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambienta, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) confirma que “las restricciones en la entrada en el mercado y las obligaciones de marcado entrarán en vigor a partir del 3 de julio de 2021”.

¿Qué prohíbe la norma?

La ley prohíbe la introducción en el canal de distribución, pero si el comerciante ya lo ha adquirido, lo podrá vender. Desde el Ministerio se está haciendo un análisis jurídico para determinar las posibilidades de su aplicación directa.

En cuanto al marcaje, existe un Reglamento Ejecutivo que lo regula sin necesidad de transposición. Esto es, es aplicable desde este día 3 (también en los productos que se introducen en el mercado, no en los cuales ya están en el canal de distribución).

Adicionalmente, este mismo día entran en vigor en el conjunto de la UE una serie de obligaciones de mercado para compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones; toallitas húmedas; productos del tabaco con filtros y vasos de bebida.