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viernes, 19 abril 2024

El Pleno de Villajoyosa aprobará el reglamento de los servicios ‘Menjar a Casa’ y ‘Major a Casa’

Ambos servicios tienen como finalidad proporcionar bienestar nutricional, físico y social a las personas en situación de vulnerabilidad.

El servicio Menjar a Casa está dirigido a mejorar la nutrición de las personas en situación de vulnerabilidad, por entender que una nutrición adecuada contribuye de forma decisiva a la salud, bienestar y calidad de vida de todas las personas y, en especial, de las personas mayores, siendo su objetivo ofrecerles una dieta saludable en su propio domicilio y adaptada a sus necesidades.

Entre estas personas se incluyen las que no disponen de ningún apoyo socio-familiar o son insuficientes para cubrir sus necesidades básicas, tercera edad, personas con diversidad funcional y las que tienen reconocida dependencia.

Por su parte, el servicio Major a Casa, está dirigido a mejorar las condiciones de vida de las personas mayores que permanezcan en su domicilio, facilitándoles los servicios básicos: la comida diaria, el lavado de ropa de cama y baño, así como la limpieza del hogar, lo que contribuye de forma decisiva a mejorar su salud, bienestar y calidad de vida. Con el objetivo principal de facilitar a las personas mayores la permanencia en su domicilio y/o entorno familiar y social el mayor tiempo posible.

La competencia para prestar el servicio, se ha asumido en el año 2022 por la firma del Contrato Programa entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de la Vila Joiosa, por lo que ahora se hace necesaria la aprobación del reglamento que regule ambos servicios en aras a regular su implementación.

Los usuarios del servicio Menjar a Casa deberán tener una edad mínima de 65 años, excepto en los siguientes casos: a) Tener edad igual o superior a 60 años y encontrarse en situación de dependencia (siempre que convivan con un beneficiario mayor de 65 años). b) Tener edad igual o superior a 18 años, con certificado de minusvalía del 33% y encontrarse en situación de dependencia (siempre que convivan con un beneficiario mayor de 65 años). c) Estos últimos requisitos se podrán excepcionar previo informe de personal técnico en el que conste suficientemente valorada la necesidad.

Por su parte, los destinatarios del programa Major a Casa serán personas mayores de 65 años con dependencia leve o moderada. También podrán ser usuarios las personas mayores de 60 años en situación de dependencia y personas con discapacidad, con un mínimo del 33%, en situación de dependencia, mayores de 18 años que convivan con la persona mayor de 65 años beneficiaria del programa.

En ambos servicios será necesario cumplir con los requisitos de tener autonomía para la preparación e ingesta de los alimentos servidos, o bien aportar compromiso de familiares que se responsabilicen de dicha tarea; estar empadronado en el municipio de la Vila Joiosa, con un mínimo de 12 meses; precisar del servicio, acreditado mediante el informe social y el informe médico pertinente y no encontrarse incluido en ninguna de las cláusulas de exclusión establecidas en el reglamento que se va a aprobar.