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jueves, 28 marzo 2024

La Generalitat permite abrir los mercadillos ambulantes de alimentación

La Generalitat permitirá a partir del próximo jueves, 30 de abril, la actividad de mercados no sedentarios exclusivamente para la venta de productos de primera necesidad, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos de seguridad.

Así lo ha aprobado este viernes la Conselleria de Sanidad Universal en una resolución en la que defiende que “mediante el decreto por el que se declara el estado de alarma se establece la necesidad de mantener la apertura de todos aquellos establecimientos especialmente comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad”. “Los mercados no sedentarios (o semanales) concentran también esa venta minorista”, reconoce la administración.

Por ello, ha resuelto que los mercados de venta no sedentaria podrán adaptarse o mantener su actividad en los lugares donde habitualmente se celebren, sean espacios cubiertos o no, si el recinto está “totalmente delimitado con vallas o cualquier otro medio que permita marcar de forma clara los límites del espacio, donde se pueda garantizar el control de afluencia, la separación de establecimientos y el distanciamiento social”.

Así, en el caso de los espacios no cubiertos, se delimitarán con vallas y se tendrá que controlar la entrada y salida de personas para evitar aglomeraciones. De no ser posible, la resolución contempla que se trasladen a instalaciones deportivas o de otro tipo que permitan controlar el aforo.

La Conselleria establece que solo se permitirá la actividad a puestos de venta de productos de alimentación o primera necesidad y excluye la hostelería y restauración. Las puestos de venta tendrán que estar separados por una vía de tránsito y con una distancia mínima de seis metros entre ellos. Se permite una separación mínima de 2,5 metros entre los laterales.

Además, dentro de un mismo puesto de venta, los trabajadores deberán guardar una distancia mínima entre ellos de dos metros, “quedando restringida la actividad comercial a un único operador en caso de que las medidas del puesto no hagan posible esta separación física”.

Asimismo, se marcará un distanciamiento de dos metros entre el puesto de venta y la clientela, señalizado con cinta adhesiva o cualquier otro tipo de medio. Esta medida se establecerá también para los clientes en espera.

Los mercados tendrán que garantizar la vigilancia de que se cumple el distanciamiento social y deberán disponer de un dispensador de hidrogel o cualquier otro tipo de desinfectante, cuyo uso será obligatorio para acceder el espacio de compra.

Solo los vendedores podrán tocar el género, usando siempre guantes de protección y mascarilla. Los puestos se tendrán que desinfectar con frecuencia y al finalizar la jornada.