Los centros educativos de la provincia de Alicante aplican desde este 7 de enero el Decreto 193/2025 de convivencia en el sistema educativo. La norma considera faltas graves conductas como el acoso escolar, la humillación y la grabación o difusión de imágenes sin consentimiento, y actualiza el régimen disciplinario ante situaciones de conflicto grave.
La entrada en vigor supone el inicio efectivo de una regulación aprobada a finales del año pasado, que refuerza los criterios de actuación de los centros educativos frente a la violencia escolar.
Qué cambia con la entrada en vigor
A partir de este martes, estas conductas cuentan con una tipificación jurídica clara que permite a los centros actuar con criterios homogéneos y mayor seguridad normativa. El decreto regula tanto los comportamientos producidos dentro del centro como aquellos que, aun produciéndose fuera, afectan a la convivencia escolar.
La norma incorpora además un enfoque inclusivo que refuerza la protección del alumnado más vulnerable, estableciendo como agravante que la víctima tenga necesidades específicas de apoyo educativo o se encuentre en situación de especial vulnerabilidad.
Catálogo de faltas graves
Entre las faltas graves figuran el acoso, las agresiones, las discriminaciones y las ofensas graves al profesorado. También se incluyen los daños materiales de entidad, las grabaciones no autorizadas y la incitación a cometer este tipo de conductas.
Estas situaciones pueden derivar en la apertura de un expediente disciplinario. El decreto contempla la posibilidad de aplicar procedimientos conciliadores basados en la mediación, salvo en los supuestos excluidos por ley, como los casos de violencia sexual o de género.
Faltas leves y enfoque educativo
El texto también recoge un listado de faltas leves, como la alteración reiterada del desarrollo de la clase, el uso indebido del teléfono móvil o la impuntualidad continuada.
Las medidas correctoras deben tener siempre carácter educativo y restaurador y respetar el derecho a la educación, priorizando la reparación del daño y la mejora de la convivencia.
Coordinación de bienestar y uso de móviles
El decreto consolida la figura de la coordinación de bienestar y protección como elemento clave en la prevención y actuación ante situaciones de violencia. Esta figura trabaja bajo la supervisión de la dirección del centro y en coordinación con orientación, servicios sociales y recursos de salud mental.
En cuanto al uso de dispositivos móviles, la norma regula su utilización y solo permite su empleo con fines didácticos recogidos en el proyecto educativo o por motivos de salud justificados.
Críticas sindicales al modelo
Desde UGT se advierte de que el decreto incrementa la carga de trabajo del profesorado sin recursos adicionales, ampliando funciones administrativas y de gestión de conflictos.
El sindicato señala que el texto “traslada al profesorado una responsabilidad social y emocional que excede el ámbito pedagógico” y denuncia la burocratización derivada del registro obligatorio de incidencias.
UGT alerta además de la falta de medidas específicas para proteger la salud laboral del profesorado y de la ausencia de protocolos claros de apoyo jurídico inmediato ante conflictos graves.
Reivindicaciones pendientes
Desde la organización sindical se reclama que la aplicación del decreto vaya acompañada de medidas estructurales como la reducción de ratios, el refuerzo de las plantillas de orientación y apoyo, el reconocimiento horario del trabajo en convivencia y una protección jurídica efectiva del profesorado.


