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jueves, 2 mayo 2024

La fianza por arrendatario se podrá recuperar telemáticamente sin tener que desplazarse a las entidades bancarias

La persona arrendadora podrá realizar el depósito con tarjeta y a través de bizum

La Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública ha habilitado un procedimiento telemático que permite solicitar digitalmente la devolución de fianzas por arrendamientos de inmuebles, con la finalidad de evitar desplazamientos de las personas usuarias a las entidades bancarias.

De esta forma, a partir de ahora se podrá solicitar la devolución telemática de fianzas depositadas en el Banco Sabadell, Caixabank y Cajamar, y está previsto que en breve se incorporen a este proceso telemático de devolución establecido por la Generalitat las entidades Abanca, Banco Santander e Ibercaja.

Hasta ahora, la devolución telemática de las fianzas solo estaba disponible para aquellas cuyo depósito se hubiera realizado mediante tarjeta, pero para recuperar las que en su día se depositaron en una entidad bancaria solamente podían recuperarse de forma presencial en esas mismas entidades bancarias.

De esta forma, la posibilidad de recuperar la fianza de forma telemática, independientemente de cómo hayan sido depositadas, se suma a la opción de depósito telemático que la Generalitat puso en marcha en abril de 2022, de manera que ambas operaciones se pueden realizar ya sin necesidad de desplazamientos a la entidad bancaria.

Una ventaja esencial del depósito telemático de fianzas respecto al presencial es que la persona arrendadora puede realizar el depósito con tarjeta y a través de bizum, de forma que se evita desplazarse hasta una entidad bancaria colaboradora para realizarlo.

En cuanto al nuevo proceso de devolución telemática, las personas arrendadoras recibirán la devolución por transferencia, con el único requisito de disponer de certificado electrónico para entrar en la aplicación. No obstante, se mantiene la opción de recuperar la fianza presencialmente en la entidad bancaria donde fue depositada en su día.

Otra ventaja de este nuevo proceso es que se realiza todo el trámite en la aplicación (rellenar el modelo, adjuntar el contrato y registrar toda la documentación), de modo que, una vez realizado el depósito, la persona usuaria ya no tiene que presentar ningún documento ante la Administración.

El sistema también facilita la devolución de toda la documentación generada en el proceso a su carpeta ciudadana o al correo electrónico, según la opción de acceso elegida, con o sin certificado electrónico.

Con la implantación del nuevo procedimiento telemático, las personas arrendadoras de inmuebles en la Comunitat Valenciana pueden cumplir con la obligación de depositar la fianza arrendaticia, optando entre depósito telemático con pago telemático (modelo 816) y depósito presencial en entidad bancaria (modelo 806).

Toda la información referente al proceso telemático de devolución de fianzas por arrendamientos de inmuebles se puede consultar en esta dirección

Incremento de depósitos telemáticos

Cabe destacar que en los tres primeros meses de 2024 se ha constatado una tendencia al alza de los depósitos telemáticos en detrimento de los presenciales, como lo demuestra el hecho de que se han depositado un total de 4.433 fianzas a través de esta aplicación electrónica, lo que significa un 51 % de depósitos telemáticos.

En cambio, en 2023 el porcentaje fue del 44 % (18.250 fianzas telemáticas sobre un total de 41.750) y en los ocho meses de 2022 (la aplicación se puso en marcha en abril de ese año) se depositaron 42.380 fianzas, de las cuales 11.630 (el 27 %) utilizaron la opción de depósito telemático.