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viernes, diciembre 12, 2025

El Consell se personará como acusación popular en el asesinato machista de C.R.G. en Alicante

La Generalitat ejercerá la acción popular para reforzar la respuesta institucional frente a la violencia contra las mujeres y visibilizar el rechazo social ante este crimen

El Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat a ejercer la acción popular en el procedimiento judicial abierto por el asesinato de C.R.G., víctima de violencia machista, ocurrido en Alicante.

La decisión se adopta al considerar que se trata de un caso de violencia sobre la mujer, un problema de interés general que obliga a los poderes públicos a actuar de manera activa con el objetivo de lograr su plena erradicación.

Desde la Generalitat se subraya que la actuación institucional en casos de asesinatos machistas persigue aunar esfuerzos y visibilizar de forma conjunta el rechazo a los actos de violencia contra las mujeres, especialmente cuando estos hechos conllevan la muerte de una mujer o de sus hijas o hijos en la Comunitat Valenciana.

La decisión del Consell se apoya en el artículo 36 de la Ley 9/2003, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que establece que la conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell el ejercicio de la acción popular, a través de la Abogacía General de la Generalitat, en supuestos de agresiones físicas que causen la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana.

Asimismo, la Ley 7/2012, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dispone en su artículo 58 que la Generalitat ejercerá la acción popular en todos los procedimientos penales por delitos de violencia machista con resultado de muerte, así como en aquellos casos en los que se genere alarma social o se causen lesiones graves e invalidantes.

Privación de la patria potestad

En este marco legal, la Generalitat solicitará “siempre la privación de la patria potestad del presunto agresor” cuando proceda, reforzando así la protección de los menores afectados por estos delitos.

La representación y defensa en juicio corresponderá a los abogados y abogadas de la Generalitat, integrados en la Abogacía General de la Generalitat, tal y como recoge la Ley 10/2005, de Asistencia Jurídica de la Generalitat.