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martes, 30 abril 2024

Alcoy recuerda la prohibición de arrojar servilletas en los desfiles de Moros y Cristianos

El bando autoriza a la Policía Local a actuar si se detecta la instalación no autorizada de altavoces en la vía pública o la reproducción de música alta en los locales o en la vía pública

El Ayuntamiento de Alcoy ha emitido un bando en el que se detalla la regulación de todos aquellos aspectos de la ciudad que previsiblemente van a verse alterados por las próximas fiestas de Moros y Cristianos y en el que también se recuerda, entre otras normas, la prohibición de arrojar a la vía pública servilletas de papel o similares, especialmente en los desfiles del 20 de abril, por el riesgo de resbalones y caídas para peatones o caballos.

Entre otros muchos aspectos, el documento indica que el sábado 20 de abril deberán permanecer despejadas de mobiliario o elementos que puedan constituir un obstáculo las calles por las que discurren tanto la Entrada como la Diana, además de otras como Joan Cantó, Sant Josep, El Tap, Sant Joan, Sant Maure, Santa Rita o La Sardina por motivos de seguridad y evacuación.

Asimismo, y por razones de seguridad y orden público, durante las Entradas de Moros y Cristianos, aquellas actividades que dispongan de ventanas habilitadas para la venta de bebidas, que recaigan en las calles o bocacalles donde discurre el desfile, no podrán hacer uso de las mismas bajo ningún concepto, debiendo emplear el acceso normal para la atención al público.

También se especifica que está prohibido el estacionamiento de vehículos en la totalidad de las calles de circuito de fiestas delimitadas por los cortes de tráfico. Los accesos por el Pont de Sant Jordi, Passeig Ovidi Montllor (Viaducte), Capellá Navarro, Alcassares, País Valencià y Pont Vell de Sant Roc estarán cortados, salvo para carga y descarga de los vehículos autorizados y dentro del horario permitido. Fuentes municipales han recordado que esta prohibición especialmente en la plaça Pintor Gisbert, del 20 al 22 de abril.

El bando autoriza a la Policía Local a actuar como proceda en cada caso, si se detecta la instalación no autorizada de altavoces en la vía pública o la reproducción de música en los locales o en la vía pública, aunque estén autorizados, cuyo volumen pueda molestar a los vecinos o interferir en actos de fiestas programados, especialmente durante las entradas, las procesiones, así como en el desfile de bandas.

El documento habla de otros aspectos a tener en cuenta como los espectáculos pirotécnicos o la prohibición de uso de drones en zona de concentración de personas, salvo los de los Cuerpos de Seguridad del Estado y aquellos que cuenten con los debidos permisos de la autoridad competente.

También recuerda el deber de mantener los terrenos, solares, edificios, construcciones e instalaciones en condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, siendo los únicos responsables de los daños que pudieran producirse sus propietarios, por lo que deberán mantenerlos en condiciones.