Alicante rebaja el IBI por segundo año consecutivo con un ahorro acumulado de 2,2 millones

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La Junta de Gobierno aprueba una bajada del 1,20 % que se suma a la aplicada este año y mantiene bonificaciones para VPO, familias numerosas y energía solar

La Junta de Gobierno Local de Alicante ha aprobado este martes la modificación de la ordenanza fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que supone una rebaja por segundo año consecutivo de alrededor de 1,1 millones de euros y una bajada del 1,20 % que se acumula a la aplicada este año.

La medida forma parte del acuerdo alcanzado entre el equipo de gobierno y Vox para acometer esta reducción durante tres ejercicios. La concejala de Hacienda, Nayma Beldjilali, ha señalado que “una vez más cumplimos con nuestro compromiso con los alicantinos para aliviar la carga fiscal”, al tiempo que ha recordado que el Ayuntamiento facilita el pago del impuesto mediante fraccionamiento.

Ahorro para viviendas y locales

Beldjilali ha destacado que, con la aplicación de esta nueva rebaja, “ya serán 2.200.000 euros los que se habrán ahorrado los ciudadanos” en dos años. La edil también ha recordado que el actual equipo de gobierno aplicó en 2019 otra rebaja del 5 % en el IBI.

La reducción beneficiará a más de 336.000 viviendas y locales de la ciudad. Con la modificación aprobada, el tipo de gravamen para bienes urbanos pasará a ser del 0,61291 %.

Bonificaciones y pago fraccionado

La ordenanza mantiene bonificaciones para distintos supuestos. Las viviendas de protección oficial cuentan con una bonificación del 50 %, mientras que las familias numerosas pueden alcanzar hasta el 90 % en la cuota íntegra del impuesto, en función del valor catastral de la vivienda y del número de hijos.

También se prevé una bonificación del 50 % para inmuebles en los que se hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Además, la ordenanza contempla beneficios fiscales para inmuebles donde se desarrollen actividades económicas declaradas de especial interés o utilidad municipal por circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo.

El periodo de pago del IBI queda establecido del 15 de marzo al 30 de junio de cada año. Los contribuyentes pueden acogerse al fraccionamiento del abono en hasta seis plazos.