La Generalitat da un paso crucial para blindar la transparencia en el acceso a las viviendas de protección pública de la Comunitat Valenciana. Con la modificación de varios artículos del Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, el Consell refuerza los mecanismos de control administrativo en la adjudicación de viviendas exigiendo un registro público y transparente para cada promoción y endurece los requisitos exigidos a las promociones privadas y de colaboración público-privada, enmarcadas en el Plan Vive.
El secretario autonómico de Vivienda, Sebastián Fernández, ha explicado que la modificación del decreto busca “garantizar el acceso efectivo a una vivienda digna y asequible, incrementar la oferta de vivienda protegida y dotar al sistema de mayor seguridad jurídica, transparencia y eficacia en su aplicación”.
En este contexto, la modificación propuesta incide de manera específica en el refuerzo de los mecanismos de control de los procesos de adjudicación, “para asegurar que se desarrollen conforme a los principios de igualdad, objetividad y concurrencia, que este Consell recuperó en el decreto 180/2024 después de que el Gobierno del Botànic los eliminara de su decreto, dejando la adjudicación de viviendas sin marco legal que exigiera ningún control”.
Se trata de mecanismos, ha indicado Sebastián Fernández, que “sirven para reforzar la confianza en el sistema, tanto por parte de la ciudadanía como de los operadores del sector”, dado que “marca las reglas del juego y las plantea con claridad y transparencia, dando seguridad a todos los agentes implicados. Esto queda lejos del marco del Botànic, cuando un promotor no estaba obligado a seguir principios de igualdad, transparencia y concurrencia, ni a publicitar la baremación ni fórmulas de adjudicación y se escudaban en el registro público de demandantes, que poco tenía que ver con la adjudicación de viviendas privadas, que se hacían directamente con y por el promotor”, ha aseverado.
Así, el secretario autonómiconha recordado que una de las principales modificaciones, que afecta al artículo 44, es la obligación de crear registros de solicitantes específicos para cada promoción. A partir de ahora, los promotores de proyectos privados y de colaboración público-privada deberán abrir plazos de inscripción claros, aplicar criterios de baremación previamente definidos y publicar listas de adjudicación trazables.
Además, en las promociones desarrolladas sobre suelo público, la norma permite incorporar criterios de vinculación territorial continuada (empadronamiento), garantizando que estas viviendas cumplan con la finalidad social de dar respuesta a las necesidades de cada municipio. “Damos respuesta así a la demanda de alcaldes y ciudadanos, que nos pedían tener en cuenta el arraigo al municipio para priorizar la adjudicación de vivienda y dar oportunidades de futuro a los vecinos”, ha subrayado.
Del mismo modo, la modificación de los artículos 18 y 19 introducen un control preventivo muy importante, ya que las empresas promotoras privadas estarán obligadas a presentar y detallar, desde el primer momento, cómo van a comercializar los pisos, así como los criterios que seleccionarán a los adjudicatarios.
“Esta previsión permite anticipar, ya en el momento de solicitar la calificación provisional, las condiciones en las que se desarrollará el acceso a las viviendas, y ejercer a la Administración un control previo sobre su idoneidad. Todo ello reforzando los principios de transparencia, publicidad y concurrencia, dado que la norma recoge la obligatoriedad de publicitar dichos criterios para que todos los ciudadanos conozcan las reglas y puedan concurrir en igualdad de condiciones”, ha remarcado el secretario autonómico.
Como ya anunció la vicepresidenta primera y consellera de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, Susana Camarero, la modificación del artículo 43 del Decreto contempla la creación de una comisión de valoración técnica, encargada de supervisar los expedientes y verificar el cumplimiento de los requisitos legales de acceso a una vivienda protegida de aquellos adjudicatarios que vayan a comprar la vivienda. “Un paso más en el sistema administrativo para dotar de mayores garantías a todos los ciudadanos”, ha indicado.
Visado administrativo
En consonancia con esto, también se reforman los artículos 47 y 48 para potenciar el visado administrativo de los contratos. Este mecanismo deja de ser un mero trámite formal y se consolida como una garantía de legalidad obligatoria en todas las fases: tanto en las primeras adjudicaciones como en las segundas transmisiones y contratos de arrendamiento. Ningún contrato podrá ser visado sin la validación previa de la nueva comisión de valoración. “Un refuerzo que se suma al incluido en el decreto 180/2024 que obliga específicamente a los notarios a solicitar el visado del comprador a la hora de elevar escritura”, ha recordado el secretario autonómico.
Sebastián Fernández ha subrayado que desde el Consell se trabaja para garantizar una mayor información y publicidad de toda la oferta de vivienda protegida impulsada por la Generalitat, a la que se tiene acceso a través de la nueva página web del Plan Vive Comunitat Valenciana.
Este portal web permite conocer el estado de todas las promociones que impulsa la Generalitat en el marco del Plan Vive, el plazo mínimo de inscripción, genera un registro electrónico de solicitudes con trazabilidad y justificante, así como listas públicas de adjudicación, que posibilita a todas las personas interesadas en acceder a una vivienda de protección pública conocer cuándo, cómo y en qué condiciones poder hacerlo.



