La Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante (plaza número 1) ha desestimado el recurso presentado por la Asociación de Apartamentos Turísticos de la Comunidad Valenciana (Aptur) contra el acuerdo del Ayuntamiento de Alicante del 19 de diciembre de 2024 que aprobó la suspensión del otorgamiento de informes de compatibilidad urbanística y de cualquier título habilitante de cambio de uso para la implantación de nuevas Viviendas de Uso Turístico (VUT) en el municipio.
El alcalde, Luis Barcala, ha afirmado tras conocer la resolución judicial que “la suspensión de licencias para apartamentos turísticos se mantiene” tal y como acordó el Pleno. “Defendemos los intereses de los alicantinos en el Ayuntamiento y los defendemos en los tribunales cuando es necesario. Seguiremos defendiendo que queremos ordenar los apartamentos turísticos”, ha añadido.
“Resulta adecuadamente motivada y justificada”
La sentencia sostiene en sus fundamentos de derecho que la decisión municipal “resulta adecuadamente motivada y justificada”, al tratarse de una medida “proporcionada” en función de los fines que persigue “como medida cautelar”. En este sentido, concluye que no cabe apreciar “discriminación alguna” ni “infracción” de las normas sobre libre prestación de servicios, competencia y unidad de mercado.
Protección del entorno urbano y derecho a la vivienda
La resolución judicial subraya el “interés general” que se persigue con la suspensión cautelar, limitada en el tiempo, como la protección del medio ambiente y del entorno urbano.
En esta línea, el juez apunta que la saturación de VUT en determinadas zonas puede provocar “la saturación de visitantes” y un deterioro de la calidad de espacios públicos como calles peatonales, plazas, parques, además de generar “descompensación de los estándares dotacionales”.
Objetivo
El juez añade que con la decisión municipal se busca también un objetivo de interés general como el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, al considerar que un crecimiento descontrolado de VUT impacta en el mercado inmobiliario residencial, afectando al régimen de alquileres —en especial los de larga temporada— y a su oferta, con repercusión en los precios.
La argumentación jurídica incorpora además una perspectiva urbanística sobre la existencia de VUT irregulares, al señalar que generan un doble problema: alteran el equilibrio del mercado al operar sin cumplir obligaciones fiscales y de calidad, y su presencia en zonas residenciales puede agravar el impacto de la turistificación sin medidas de control efectivas.
La Modificación Puntual 52 del PGOU, en tramitación
En paralelo, el Pleno municipal acordó el pasado mes de diciembre someter a información pública la Modificación Puntual N.º 52 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que establece una nueva regulación de los alojamientos turísticos en la ciudad. Este trámite implica la aprobación inicial de la modificación y permite mantener vigente la moratoria en la concesión de licencias a VUT durante el segundo año inicialmente previsto, mientras se aprueba de forma definitiva la nueva regulación.


