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sábado, diciembre 20, 2025

El TSJCV avala que la alerta roja meteorológica justifica la incomparecencia en actos judiciales

La Sala de Gobierno del TSJCV fija que una alerta roja de AEMET basta para justificar la incomparecencia y suspender actuaciones en zonas afectadas.

La Sala de Gobierno del TSJCV ha acordado que la alerta roja meteorológica constituye, por sí sola, causa suficiente para justificar la incomparecencia. También es suficiente para suspender actuaciones jurisdiccionales en las zonas afectadas o cuando sea necesario atravesarlas. La decisión se adopta de urgencia tras el aviso por lluvias de nivel rojo previsto para el litoral sur de Alicante a partir de las 10:00 del 10 de octubre de 2025. Además, estará vigente mientras dure la situación de emergencia.

Alcance del acuerdo sobre alerta roja meteorológica

Ante un riesgo evidente para las personas, no existe obligación de desplazarse a sedes judiciales si concurren dificultades o peligro por la alerta roja meteorológica. Este criterio presume la imposibilidad material de acudir a juicios, declaraciones u otros actos procesales. Esto aplica en los puntos afectados o en los trayectos necesarios para llegar.

A quién ampara la medida

La dispensa de desplazamiento se extiende a todo el personal implicado en una actuación: miembros de la Judicatura, Ministerio Fiscal, Letrados de la Administración de Justicia, y demás empleados públicos conforme a sus superiores. De forma destacada, también incluye a profesionales y ciudadanía citada para intervenir, especialmente si la alerta roja meteorológica afecta el área.

Cómo se justifica la imposibilidad de acudir

Basta una comunicación sencilla al órgano jurisdiccional manifestando la imposibilidad o dificultad de desplazamiento para que proceda la suspensión. Si ni siquiera es viable comunicarlo a tiempo por la situación de emergencia, la mera incomparecencia se considerará motivo suficiente. Esto será suficiente para acordar la suspensión del acto señalado.

Fundamento y vigencia

El acuerdo se apoya en el Protocolo de gestión de crisis que afecten al ámbito judicial en la Comunitat Valenciana. Además, se basa en las competencias de la Sala de Gobierno para salvaguardar la seguridad y garantizar el servicio público. Sus efectos se mantienen hasta la finalización de la emergencia causada por la alerta roja meteorológica declarada por las autoridades competentes.