El Supremo avala los caudales ecológicos del Tajo y rechaza el recurso del Scrats

Ejemplo de shortcode con estilo
El tribunal descarta la impugnación contra la revisión del Plan Hidrológico del Tajo, clave para la regulación del trasvase Tajo-Segura

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (Scrats) contra la revisión del Plan Hidrológico del Tajo. Esta revisión fue aprobada dentro del tercer ciclo de planificación hidrológica.

La sentencia, fechada el 13 de mayo, rechaza la impugnación presentada por el sindicato contra el Real Decreto 35/2023. Este decreto aprobó la revisión de los planes hidrológicos de varias demarcaciones. Entre ellas se encuentra la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo.

El recurso sostenía que existía una voluntad política de poner fin al trasvase Tajo-Segura mediante la fijación de unos caudales ecológicos mínimos para el río Tajo. Además alegaba que habría incrementos progresivos. A juicio de los recurrentes, esa regulación vulneraba la normativa sobre planificación hidrológica. También vulneraba la propia regulación del trasvase.

Sin embargo, el Supremo ha rechazado los argumentos del Scrats y mantiene la validez de la revisión del plan. La decisión supone un nuevo respaldo judicial a la planificación hidrológica aprobada por el Gobierno. Asimismo, afecta directamente a uno de los puntos más controvertidos de la gestión del agua entre las cuencas del Tajo y del Segura.