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jueves, 28 marzo 2024

Síndic de Greuges pide a Dénia que revise si la licencia para un complejo en primera línea de playa fue legal

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha solicitado a la Concejalía de Urbanismo de Dénia que revise la licencia de obras del complejo 'Las Olas', ubicado en primer línea de playa, "para determinar si la misma fue válidamente otorgada".

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha solicitado a la Concejalía de Urbanismo de Dénia que revise la licencia de obras del complejo ‘Las Olas’, ubicado en primer línea de playa, “para determinar si la misma fue válidamente otorgada”.

La decisión de la Sindicatura llega después de que un grupo de vecinos expusieran sus “dudas sobre la legalidad del proyecto”. El colectivo vecinal ha calificado la investigación del Síndic de “exhaustiva” y han opinado que la conclusión a la que ha llegado es que “posiblemente no se aplicó correctamente la ley, lo que podría poner en entredicho la validez de tal licencia de construcción”.

La sindicatura inició su investigación después de una queja de varios vecinos, que exponían que las administraciones implicadas “ignoraban” sus alegaciones respecto a los problemas ecológicos y legales de la nueva urbanización.

Así, los vecinos detallan, a través de un comunicado, que se trata de un bloque de viviendas de cinco alturas y 19 apartamentos que se está levantando en el tramo Blay Beach de Les Marines, “una playa ya casi desaparecida por la erosión y la presión urbanística, una playa que debe ser regenerada al menos un par de veces al año con miles de toneladas de arena que sufragan todos los españoles”.

En su resolución, el Síndic identifica un problema “clave” respecto a la legalidad de la licencia de obras: El hecho de que el permiso del día 28 de julio de 2017 se había concedido un mes después de la anulación del Régimen Urbanístico Transitorio de Dénia por el Tribunal Supremo (Sentencia núm. 1145/2017, de 29 de junio 2017).

“Y esto, por lo tanto, parece apoyar el argumento esgrimido por los vecinos de que en el momento de la concesión de la licencia, no había ningún marco urbanístico en vigor en el que pudiera basarse este acto administrativo”, han argumentado los vecinos.

Por ello, el Síndic solicita ahora a la Concejala de Urbanismo, Maria Josep Ripoll, una revisión de oficio del permiso “y que, a la vista de dicho procedimiento de revisión, adopte las medidas que correspondan legalmente para proceder a la protección de la legalidad urbanística que hubiera podido ser o estuviese siendo, en su caso, conculcada”.

Además, el Síndic duda de la legalidad de la licencia también por otra causa. Según el Ayuntamiento, la promotora de ‘Las Olas’ adquirió el permiso de obras mediante el “silencio administrativo” –lo que viene a significar en cierto modo, de forma automática. El “silencio administrativo” es una figura legal para determinados expedientes, donde la administración no resuelve la solicitud en el plazo establecido y por lo tanto se entiende estimada la solicitud por “silencio”.

Pero la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP, articulo 223) descarta explícitamente la obtención de la licencia por “silencio administrativo” para una obra nueva como es el bloque de viviendas “Las Olas”, destaca el Síndic. “La concesión de licencias de obra de construcción, edificación o implantación de instalaciones de nueva planta no es uno de los casos previstos en la Ley”.

“Esta resolución del Síndic ensombrece una vez mas la tramitación de este permiso de obras que ya fue criticado por los vecinos que alegaban posibles irregularidades. Una acusación que siempre fue rechazada por el Ayuntamiento (PSPV-PSOE/Compromís), pero que ahora se ve nuevamente alimentada por la resolución del Síndic”, han seguido.

SEGUNDA LICENCIA

Los vecinos han recordado, no obstante, que la licencia ya es el segundo permiso de obras para ‘Las Olas’ que “levanta sospechas”: “Ya en 2014 el consistorio, donde entonces mandaba el PP, otorgó un permiso sin el preceptivo visto bueno del Servicio Provincial de Costas – lo que invalidó la licencia”.

La preocupación de los vecinos de que la urbanización pudiera invadir el Dominio Público Marítimo y Terrestre (DPMT), que es la playa, “sigue presente”. Por ello, el Síndic pide ahora también al Ayuntamiento de Dénia “que adopte cuantas medidas sean precisas para garantizar que no se realicen obras dentro del D.P.M.T.” o sus zonas de servidumbre de tránsito y protección sin contar con la preceptiva autorización del Servicio Provincial de Costas.

Los vecinos han subrayado que el proyecto ha contado desde el principio con “una fuerte oposición vecinal”. “El amplio rechazo se refleja también en el masivo apoyo de una petición publica con el nombre ‘SOS Dénia’ en la que se reclama proteger el litoral y no permitir más construcciones lesivas en primera línea. La petición, promovida por la plataforma Protejamos la Playa, reúne ya más de 24.300 firmas”, han señalado.

Han recordado, además, “la falta de control al inicio de las obras como por ejemplo la extracción de aguas freáticas sin el necesario permiso” y que la zona de playa que rodea a la construcción está “llena de escombros”.

LA PELOTA DE UNO A OTRO

Por último, el Síndic de Greuges “fortalece” en su resolución el derecho de los ciudadanos de acceder a la información urbanística y ambiental de las autoridades publicas, participar en los procedimientos de ordenación y ejecución urbanísticas mediante la formulación de alegaciones y, también, a obtener de la Administración una respuesta.

El Síndic lamenta así las “múltiples dificultades” para acceder a la documentación por la falta de coordinación entre las distintas administraciones que, según la queja, “se pasan la pelota del uno al otro”.

En consecuencia, el defensor del pueblo valenciano pide al Ayuntamiento de Dénia y a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana “que adopten las medidas precisas para mejorar la coordinación de las administraciones con competencias en materia urbanística” y garantizar el cumplimiento “de la participación efectiva y real de los ciudadanos en la elaboración de los instrumentos y demás actuaciones en materia urbanística”.