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viernes, 19 abril 2024

El TSJCV da la razón al Ayuntamiento y suspende la actividad de una gasolinera en l’Albufereta

Ahora, la Sala señala que la empresa obtuvo la licencia ambiental para un comercio al por menor y no para la gasolinera y la instalación de los surtidores.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha avalado en dos sentencias la decisión de la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante de suspender la actividad de una gasolinera de l’Albufereta por carecer de licencia para ello y por su peligrosidad.

Así, en una de las sentencias la sala estima el recurso presentado por el consistorio y revoca la resolución del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Alicante que daba la razón a la gasolinera tras decretarse desde Urbanismo la suspensión de actividad.

Según se expone en el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, la empresa solicitó licencia para un comercio en marzo de 2015; en noviembre de 2016 se concedió licencia ambiental y de obra mayor para un edificio aislado de uso comercial; en febrero de 2017 se comunicó la puesta en funcionamiento; y, a principios de abril de 2017 se comunicó la apertura de un comercio al por menor.

Sin embargo, a finales de ese abril, se solicitó ampliar el comercio para suministrar combustible. A principio de mayo, Urbanismo suspendió cautelarmente la actividad. Ahora, la Sala señala que la empresa obtuvo la licencia ambiental para un comercio al por menor y no para la gasolinera y la instalación de los surtidores.

Además, expone que la actividad es peligrosa porque hay tres depósitos de combustible con capacidad de 50.000 y 20.000 ml y no se cuenta con elementos contra incendios y, además, están situados en suelo residencial. Por todo ello, la Sala procede a revocar la sentencia y a resolver como “conforme a derecho” la suspensión de la actividad.

En la segunda sentencia, rechaza la ejecución de la sentencia ganada en primera instancia en el juzgado número dos al considerar que se impone el “principio de precaución”. “No parece adecuado, en modo alguno, autorizar provisionalmente una actividad tan peligrosa como la de suministro de carburantes, cuando se carece de los instrumentos ambientales necesarios”, señala.

MIGUEL ÁNGEL PAVÓN

Por su parte, el edil de Urbanismo en aquel momento, el líder de Guanyar Alacant, Miguel Ángel Pavón, ha destacado que las sucesivas sentencias avalan “la buena gestión desarrollada” en la Concejalía cuando ocupaba el cargo.