Un hombre ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a 18 años y nueve meses de prisión por agredir sexualmente a la nieta de su pareja sentimental, de sólo 2 años, y grabar esas agresiones en vídeo, además de por almacenar multitud de archivos de pornografía infantil.
El acusado, de origen paraguayo y que debía enfrentarse a juicio este jueves ante un tribunal de la Sección Décima, ha reconocido los hechos y ha asumido la autoría de los tres delitos por los que se le juzgaba, tras un acuerdo de conformidad con la Fiscalía a raíz de unos hechos ocurridos entre mayo y agosto de 2023, cuando la víctima tenía dos años.
El encausado aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas con la niña para cometer las agresiones sexuales en un domicilio de Alicante, según la versión mantenida por la acusación pública, que ha señalado que para cometer esas agresiones se valía de la relación de confianza con los padres para someterla diversas prácticas de carácter sexual que grababa en vídeo o fotografiaba.
Google detectó imágenes pedófilas y avisó a Estados Unidos
El ministerio público ha añadido, además, que desde 2017 el hombre almacenaba contenido audiovisual de tipo pedófilo en una cuenta de Google y que fue la misma compañía la que, al detectar este tipo de imágenes, lo puso en conocimiento del Centro Nacional para Menores Desaparecidos y explotados de Estados Unidos. Ese centro trasladó la información a España, lo que dio curso al inicio de las investigaciones.
La sentencia se ha emitido ‘in voce’ y se le imponen 13 años y seis meses de cárcel por un delito continuado de agresión sexual a menor de edad, que se complementan con otros 23 años y seis meses de medida de alejamiento respecto de la víctima.
En segundo lugar, se le añaden otros cinco años por un delito de elaboración de pornografía infantil, a los que suma otros 15 años de alejamiento respecto de la menor, y en tercer término se suman otros tres meses por posesión de pornografía infantil.
Esas medidas se agregan a la inhabilitación para ejercer cualquier tipo de profesión o actividad que conlleve el trato con menores por el mismo periodo de duración de las distintas medidas de alejamiento respecto de la víctima, y por último se contempla una indemnización de 30.000 euros a los padres en concepto de reparación de los daños morales.


