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viernes, 19 abril 2024

Investigado un vecino de Benimarfull por cazar ilegalmente aves mediante el ‘parany’

Este hecho puede derivar en la de inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar, por tiempo de uno a tres años

Un hombre de 61 años ha sido investigado por un supuesto delito contra la flora y la fauna por practicar la caza ilegal de aves mediante la modalidad conocida como ‘parany’, en la que se usan cestos de malla con reclamo vivo, ha informado la Guardia Civil en un comunicado.

El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Comandancia de Alicante identificó en noviembre del año pasado a una persona que estaba cazando aves mediante el ‘parany’ y puso toda la información recopilada a disposición del fiscal delegado de Medio Ambiente y Urbanismo en Alicante.

Este inició las diligencias pertinentes de investigación penal, solicitando a la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural un informe sobre la legalidad del uso de esa modalidad de caza.

El informe resultante de los técnicos de caza y pesca expone que dicho dispositivo de caza no se puede utilizar para la captura de zorzales en la Comunitat Valenciana, al no considerarse selectivo, ya que discrimina a los animales por su peso y no por la especie.

Así, puede ser susceptible de caer en él cualquier tipo de animal, de peso igual o superior al zorzal, y tampoco asegura que los animales capturados resulten ilesos al cierre de la cesta, pudiendo ser, de hecho, heridos por las tapas de la trampa.

Como consecuencia de este informe, se ha procedido a imputar a este vecino de Benimarfull, un español de 61 años, un presunto delito contra la flora y la fauna. Ha quedado en libertad con cargos, en calidad de investigado, a la espera de juicio.

Los autores de este tipo de hechos pueden incurrir en un delito tipificado en el vigente Código Penal que está castigado con penas de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en cualquier caso, la de inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar, por tiempo de uno a tres años.