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martes, 16 abril 2024

Adiós al uso de la mascarilla en espacios al aire libre

La flexibilización del uso de la mascarilla en exteriores entra en vigor hoy, 26 de junio, en toda España.

La flexibilización del uso de la mascarilla en exteriores entra hoy, 26 de junio, en vigor. A partir de este sábado y después de más de 400 días respirando a través de la mascarilla, ya se puede dejar de usar en espacio a l’aire libre, siempre que se pueda respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Sin embargo aunque ya este permitido, muchas personas han manifestado que seguirán usándola como hasta ahora, porque consideran que es “demasiado precipitado” y “todavía no está todo el mundo vacunado”.

Esta flexibilización llega cuando España avanza “a buen ritmo” en la vacunación contra el coronavirus. Más de 15.894.800 personas tienen ya la pauta completa con alguna de las vacunas autorizadas, es decir, un 33,50% de la población. Asimismo, el 51,27% de los españoles tienen al menos una dosis, un total de 24.325.902 personas.

El Gobierno está cada vez “más cerca” d’alcanzar el objetivo anunciado al inicio de la vacunación, llegar al 70 % de la población española inmunizada a finales del verano. Mientras tanto las restricciones empiezan a “relajarse” como el uso de la mascarilla.

Tal y como ha aprobado Sanidad la mascarilla ya no es obligatoria cuando se esté en un espacio al aire libre y se pueda respetar la distancia de seguridad establecida de 1,5 metros con personas no convivientes. Por esta razón se recomienda llevar una mascarilla encima o en el bolsillo para los casos de aglomeraciones, charlas en la calle sin distancia o para entrar en zonas interiores.

Así queda la normativa:

  • No es obligatorio en espacios abiertos o exteriores siempre que se respete la distancia anteriormente citada de 1,5 metros. Si será obligatorio usarla en casos de aglomeraciones o cuando la distancia no se pueda respetar.
  • Si será obligatorio su uso cuando se entre al interior de comercios, lugares de trabajo o establecimientos de la hostelería. Además de en terrazas, si no se comparte un espacio superior de 1,5 metros.
  • Además será necesario su uso cuando se acceda a lugares públicos en interiores como bibliotecas, hospitales o centros de salud.
  • También será obligatorio en el transporte público como autobuses, metro, taxi, aviones, barcos (excepto en camarotes o en la cubierta). En el trasporte privado es obligatorio si no se viaja con convivientes.
  • No será obligatoria en playas, piscinas, zonas acuáticas o parques recreativos siempre cuando se respete la distancia o se proceda al baño. Sí será obligatorio al acceder a zonas comunes como vestuarios u otras instalaciones cerradas.
  • En la celebración de eventos como conciertos o espectáculos no será obligatorio si se celebran en exteriores, sin aglomeraciones y con una distancia entre asientos de 1,5 metros. No estará permitido en grandes eventos donde los asistentes esten de pie.
  • En las residencia de mayores y centros de diversidad funcional dejará de ser obligatoria en aquellas en que el 80 % de los residentes tengan la vacuna completa. Sí que será obligatoria para los trabajadores y para las visitas.
  • En las dependencias destinadas a trabajadores esenciales como los efectivos de bomberos, policías o sanitarios, podrán dejar de usar la mascarilla sí al menos hay un 80 % de vacunados.