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lunes, 6 mayo 2024

Absuelto de quemar la casa de un conocido en Elda tras discutir por la bombilla de una linterna

Como consecuencia de ese incendio, la víctima tuvo que recibir atención médica tras sufrir inhalación de humo y quemaduras de primer grado en los miembros superiores

Un hombre de 57 años y residente en Elda (Alicante) ha sido absuelto del delito de asesinato en grado de tentativa del que estaba acusado por un incendio registrado en la casa cueva donde residía un conocido suyo, con el que había mantenido una discusión previa por la bombilla de una linterna y que sufrió quemaduras de primer grado en los miembros superiores.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Décima de la Audiencia de Alicante, considera que no existen evidencias que certifiquen que el encausado pudo ser el causante del fuego, al margen de la declaración del perjudicado.

En este sentido, los magistrados recalcan que “nadie presenció los hechos” y que tampoco existe “informe técnico” en el que se diga que las llamas fuesen causadas de forma intencionada.

El suceso tuvo lugar entre el 2 y el 3 de agosto de 2023. El fallo relata que el procesado, que ya había sido condenado por un delito de homicidio imprudente en 2021 a una pena de un año y cuatro meses de prisión, se aproximó hasta la casa cueva del perjudicado “al que conocía por residir en la zona”, en el mismo barrio de La Tafalera de Elda.

En ese momento, ambos se enzarzaron en una pelea relacionada con la bombilla de una linterna que “el acusado creía que era suya y pretendía recuperar”. En un momento dado de esa discusión, el encausado le espetó al perjudicado que le iba a “pegar fuego a la casa”.

La resolución judicial concreta que en la madrugada del día siguiente se produjo un incendio en la casa del perjudicado, “sin que consten las causas ni que el acusado lo provocara”.

Como consecuencia de ese incendio, la víctima tuvo que recibir atención médica tras sufrir inhalación de humo y quemaduras de primer grado en los miembros superiores, por las que tardó 8 días en curar.

En el acto de juicio, el encausado negó los hechos y, al hacer uso de su derecho a la última palabra, tan solo reconoció haber proferido amenazas al perjudicado en el desenlace de la discusión.

En esta línea, el tribunal acuerda su libre absolución respecto al delito de asesinato en grado de tentativa del que se le acusaba, al tener en cuenta la falta de evidencias que pudiesen corroborar su autoría.

Para alcanzar esa determinación, los magistrados también consideraron que la declaración del perjudicado “adolece de verosimilitud” y que presentaba “incoherencias”.

También evaluaron el testimonio ofrecido por uno de los agentes de Policía que participaron en el atestado, quien aseguró que la casa se hallaba semiabandonada y llena de chatarra. Y que, además, en su interior ya se habían declarado otros incendios previos.

Con todo, contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.