Compromís ha denunciado que la exigencia de al menos 10 años de empadronamiento continuado para acceder a ayudas a la vivienda en la Comunitat Valenciana y otras autonomías gobernadas por PP y Vox vulnera la legislación europea, que solo permite fijar un máximo de 5 años de residencia.
Según ha explicado la formación valencianista, varios gobiernos autonómicos del PP y Vox han introducido el criterio de ‘prioridad nacional’ en el acceso a prestaciones públicas. Entre esas medidas se incluyen las subvenciones para vivienda, donde se prioriza a quienes acreditan un largo periodo de empadronamiento.
El eurodiputado de Compromís, Vicent Marzà, ha considerado que PP y Vox han aprobado en la Comunitat Valenciana una ‘normativa ilegal’. A su juicio, esta condición de 10 años de empadronamiento choca frontalmente con el marco fijado por la Unión Europea.
Consulta de Compromís a la Comisión Europea
Marzà ha trasladado sus dudas a la Comisión Europea y ha preguntado al comisario europeo de Asuntos Internos y Migración, Magnus Brunner, si los cambios que están impulsando gobiernos autonómicos liderados por PP y Vox respetan la normativa comunitaria.
En concreto, ha cuestionado las nuevas reglas sobre criterios de acceso a prestaciones públicas y vivienda basadas en la llamada ‘prioridad nacional’. Como ejemplo, ha mencionado el caso de Aragón, donde también se han introducido requisitos de residencia prolongada.
En su respuesta escrita, Brunner afirma que los residentes de larga duración de la UE tienen garantizada la igualdad de trato con los ciudadanos nacionales del Estado miembro de acogida. Este principio alcanza las prestaciones de la seguridad social, la asistencia social, la protección social y los procedimientos para acceder a la vivienda.
El comisario recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aclarado que los Estados miembros ‘no pueden imponer unilateralmente un requisito de residencia más largo que el período de cinco años’. Es decir, no pueden exigir más de cinco años de residencia para reconocer el estatuto de residente de larga duración.
Brunner añade que ‘una política que establezca una prioridad nacional para los nacionales de los Estados miembros debe cumplir las normas de la Directiva 2003/109/CE‘. Esa directiva fija la igualdad de trato entre los ciudadanos nacionales y las personas titulares del estatuto de residente de larga duración en la UE.
Impacto en la ley valenciana de ayudas a la vivienda
Tras conocer la respuesta, Marzà ha preguntado al comisario europeo qué piensa hacer respecto a la Ley de medidas fiscales aprobada en las Cortes Valencianas el 31 de julio de 2026.
Compromís recuerda que el artículo 45 de esa norma recoge que, para recibir ayudas a la vivienda, las personas solicitantes deben demostrar al menos 10 años de empadronamiento continuado en la Comunitat Valenciana.
El eurodiputado ha vinculado este requisito con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea citada por Brunner. Por ello entiende que la norma valenciana, al exigir el doble del límite temporal que fija la UE, podría incumplir la Directiva 2003/109/CE.
Compromís ha subrayado que esta interpretación afecta de forma directa a muchas familias valencianas que necesitan apoyo público para acceder a una vivienda. Además, advierte de que la exigencia de 10 años de empadronamiento puede dejar fuera a residentes de larga duración en la UE que se han instalado recientemente en la Comunitat Valenciana pero cumplen la normativa europea.
La formación ha insistido en que la respuesta de la Comisión Europea pone en cuestión el modelo de ‘prioridad nacional’ que PP y Vox están aplicando en materia de vivienda y prestaciones. Por ello, reclama que se revise la legislación autonómica para garantizar que se ajusta a las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y al principio de igualdad de trato previsto en la directiva comunitaria.



