Elche sigue adelante con la modificación del Plan General de Ordenación Urbana para regular y restringir la implantación de plantas fotovoltaicas en el término municipal. El objetivo es compatibilizar el impulso de las energías renovables con la protección del territorio, el paisaje y el patrimonio del Camp d’Elx, evitando la expansión indiscriminada de grandes instalaciones solares en zonas sensibles.
La propuesta fija una serie de espacios donde estas plantas no podrán instalarse. Entre ellos figuran el suelo no urbanizable protegido, los huertos dispersos de palmera, los saladares y carrizales, la infraestructura verde, las zonas vinculadas al aeropuerto, las áreas afectadas por infraestructuras estratégicas, los montes públicos y los espacios protegidos del litoral incluidos en el PATIVEL. También queda excluido el ámbito de desarrollo de Porta d’Elx.
Límites en el suelo no urbanizable común
La regulación también introduce condiciones en aquellas zonas donde sí podría permitirse la implantación de plantas fotovoltaicas. En suelo no urbanizable común, no podrán colocarse a menos de 1.000 metros del litoral, ni en parcelas con una pendiente superior al 25 %.
Además, la ocupación máxima de la parcela quedará limitada al 50 % y la superficie libre deberá permitir inscribir un círculo mínimo de 20 metros de diámetro, una exigencia con la que se busca reducir el impacto territorial y visual de este tipo de instalaciones.
Distancias mínimas respecto a viviendas, patrimonio y espacios protegidos
La propuesta establece también una distancia mínima de 100 metros respecto a viviendas existentes, suelo urbano o urbanizable residencial, equipamientos públicos, instalaciones turísticas, recreativas o culturales, así como del cauce del río Vinalopó y de los barrancos.
En el caso de los Bienes de Interés Cultural, los Bienes de Relevancia Local y los espacios naturales protegidos, la distancia se eleva a 500 metros, salvo que estudios específicos justifiquen una reducción de esa separación.
Protección del paisaje y de la actividad agrícola
La modificación urbanística refuerza además la protección de la actividad agraria y del paisaje tradicional del término municipal. En este sentido, no se permitirá la instalación de plantas fotovoltaicas sobre cultivos emblemáticos como el melón de carrizal, el dátil de Elche o la granada mollar.
A ello se suma la obligación de incorporar un estudio de integración paisajística y medidas de integración ambiental. También se prevén actuaciones para salvaguardar los acuíferos, la biodiversidad y los entornos forestales.
Nuevos criterios para las líneas de evacuación
Otro de los aspectos que contempla la regulación afecta a las líneas de evacuación de estas instalaciones. La propuesta plantea que aprovechen corredores de infraestructuras ya existentes, como caminos o líneas eléctricas, para minimizar nuevas afecciones sobre el territorio.
Además, en las zonas de protección de carreteras no se podrán instalar ni paneles ni infraestructuras asociadas a estas plantas.
Próximos pasos y situación actual
La propuesta ya se ha expuesto en una nueva reunión de la Mesa de Energías Renovables con los agentes implicados. El siguiente paso será su aprobación inicial en pleno y la apertura de un periodo de información pública de 45 días. Después llegará la aprobación provisional municipal y su remisión a la Conselleria para la aprobación definitiva.
En la actualidad existen 10 licencias concedidas, de las que cinco ya se han ejecutado y dos están operativas. Además, de 26 solicitudes presentadas, la administración autonómica ha autorizado 16, que todavía están pendientes de los informes municipales.


