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sábado, enero 17, 2026

El Supremo inhabilita al fiscal general como responsable de revelar información reservada del caso sobre la pareja de Ayuso

El alto tribunal impone dos años de inhabilitación, una multa y 10.000 euros de indemnización por la difusión de datos protegidos del empresario Alberto González Amador

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condena al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, al considerarlo responsable de un delito de revelación de secretos relacionado con la difusión de información reservada que afectaba al empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. El tribunal sostiene que se vulneró su derecho a la defensa y la confidencialidad propia del procedimiento judicial.

La resolución establece una inhabilitación especial de dos años para ejercer el cargo, junto a una multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros. Además, impone el pago de 10.000 euros a González Amador en concepto de indemnización por daños morales. La sentencia incluye también la condena en costas procesales, que abarca las generadas por la acusación particular.

El fallo incorpora dos votos particulares de magistradas que discrepan de la decisión mayoritaria, aunque la condena se aprueba por mayoría suficiente. El texto íntegro se notificará a las partes en los próximos días y será entonces cuando la inhabilitación empezará a surtir efecto.

El procedimiento se centró en la salida a terceros de un correo interno del investigado, contenido que formaba parte de una causa por delitos fiscales. La Sala considera acreditado que esa información, protegida por el procedimiento penal, no debía haberse difundido y que su divulgación alteró la posición procesal del empresario. La vista oral concluyó a mediados de noviembre tras varias sesiones en las que declararon tanto el afectado como el propio fiscal general.

Un fallo con repercusión institucional

La condena supone un hecho poco frecuente en el ámbito del Ministerio Público, ya que afecta a la máxima autoridad de la Fiscalía en pleno ejercicio de su cargo. El tribunal subraya que la protección de la información sensible es un deber esencial en las funciones públicas y que su vulneración genera responsabilidad penal. Tras conocerse el fallo, queda pendiente la reorganización interna de la institución y la designación de una persona que asuma sus funciones durante el periodo de inhabilitación.