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miércoles, diciembre 3, 2025

Dos años de cárcel por agredir sexualmente a una mujer en San Vicente tras una noche de ‘botellón’

El fallo concede la suspensión de dicha pena por un plazo de tres años con la condición de que el procesado no vuelva a delinquir.

Un hombre de 25 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a dos años de prisión por agredir sexualmente a una joven con la que había pasado la noche, tras participar en un ‘botellón’ y acudir a una discoteca.

Los hechos tuvieron lugar a partir de las 2 horas del 15 de mayo de 2022 en San Vicente del Raspeig, después de que ambos hubiesen acudido con un grupo de amigos a una reunión en la que tomaron alcohol y de que también hubiesen ido juntos a una discoteca, en la que “se enrollaron” de forma voluntaria, según la sentencia.

Acto seguido, los dos se desplazaron hasta el domicilio en el que residía el acusado. En ese trayecto, la víctima comenzó a percibir una actitud violenta en el encausado, que le llegó a pedir que abriese la boca para escupirle dentro, a lo que ella se negó.

A pesar de su negativa, el procesado le escupió en la cara. Además, según la sentencia, le levantó la ropa y “le manoseó el cuerpo”, la cogió fuerte varias veces del cuello e, incluso, llegó a decirle “te follaba aquí”, según concreta la resolución judicial.

La víctima mostró su oposición a ese comportamiento, le apartaba las manos al procesado y le decía que le hacía daño. Con todo, la sentencia señala que quedó en una situación de “sumisión” que la dejó “paralizada”, con lo que siguió con él hasta llegar a su piso.

Una vez allí, el encausado le dijo que se quitase la ropa, a lo que ella también se negó. Sin embargo, el procesado no depuso su actitud y la agredió sexualmente. Finalmente, el acusado se quedó dormido y ella aprovechó el momento para marcharse.

El encausado reconoció la agresión sexual en el inicio de la vista, celebrada el 10 de abril, tras alcanzar un acuerdo de conformidad con las acusaciones. Para entonces, ya había consignado una cantidad económica, no precisada en la sentencia, con el propósito de cubrir responsabilidades civiles en concepto de reparación del daño ocasionado a la víctima.

Así, según ese reconocimiento y la ratificación de la denuncia por parte de la víctima, el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Alicante que debía enjuiciar la causa dictó sentencia condenatoria con la imposición de dos años de prisión por un delito de agresión sexual, sobre el que se aplica la atenuante de reparación del daño.

Además, el fallo concede la suspensión de dicha pena por un plazo de tres años con la condición de que el procesado no vuelva a delinquir.

Por último, añade la medida de alejamiento respecto de la víctima a una distancia mínima de 300 metros por un plazo de siete años, así como otros cinco años de libertad vigilada.