El Supremo ordena una nueva sentencia en la trama Calpe del caso Brugal

El alto tribunal estima el recurso de la Fiscalía y ordena valorar las escuchas anuladas por la Audiencia al considerar que la intervención telefónica estaba suficientemente motivada

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Alicante dictar una nueva sentencia en la causa que juzgó a un exalcalde y a dos extenientes de alcalde de Calp por delitos de cohechoprevaricaciónfraude a la Administración y malversación, entre otros, en la concesión del servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos en 1998, en una de las piezas del conocido como caso Brugal.

El Supremo ha estimado el recurso de la Fiscalía contra la sentencia dictada el 24 de octubre de 2022 por la Audiencia de Alicante, que declaró nula una intervención telefónica al empresario al que se concedió el servicio de basuras, así como las pruebas derivadas de la misma. Con esta resolución, el alto tribunal anula el fallo y ordena dictar una nueva sentencia tomando en consideración esas pruebas que fueron declaradas nulas de forma indebida.

La resolución reproduce los fundamentos legales ya incluidos en una sentencia de 2024 referida a la causa matriz del caso Brugal, en la que el Supremo consideró que el auto que autorizó la intervención telefónica del empresario, cuya nulidad estableció la Audiencia de Alicante, tenía motivación suficiente.

Condenas y absoluciones en la sentencia anulada

En la sentencia ahora anulada fueron condenados el exalcalde de Calp Francisco Javier Morató Vives y los extenientes de alcalde Fernando Penella y Juan Roselló por cohecho continuadoprevaricación y fraude a la Administración, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a dos años y medio de prisión e inhabilitación por 10 años. En ese mismo fallo fueron absueltos del delito de malversación de caudales públicos, y, en el caso de Roselló, también del de blanqueo.

También fueron condenados el empresario Ángel Fenoll, por los mismos delitos que los tres citados, a dos años de prisión, y Francisco Artacho —cuñado de Roselló— a dos años de prisión por cohecho y prevaricación.

Además, la sentencia absolvió de diferentes delitos a otras tres personas acusadas: el exdirector de la concesión, la esposa de Roselló y un hijo del empresario.


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