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viernes, febrero 27, 2026

El Consell eleva a 60.000 euros el límite para deducciones por salud y deporte

La reforma del IRPF autonómico amplía el acceso a estas ayudas fiscales a rentas medias y será retroactiva desde el 1 de enero de 2025

El Consell modifica el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para ampliar las deducciones por gastos sanitarios y actividades deportivas y saludables a las clases medias. El decreto-ley actualiza la Ley 13/1997 con el fin de extender estos beneficios fiscales a un mayor número de contribuyentes.

A partir de ahora, podrán acogerse a estas deducciones quienes tengan rentas individuales de hasta 60.000 euros, frente al límite anterior de 32.000 euros, y declaraciones conjuntas de hasta 78.000 euros, frente a los 48.000 previos. Según explican desde el Ejecutivo autonómico, esta ampliación permitirá que alrededor de un millón de personas puedan beneficiarse.

La medida tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025 y será aplicable en la campaña de la renta que comienza el 8 de abril. Desde el Consell señalan que la finalidad es reforzar la equidad del sistema tributario autonómico, aliviar la presión fiscal sobre las rentas medias y favorecer el acceso a tratamientos y hábitos de vida saludables.

Según defienden desde el Ejecutivo, el incremento de gastos sanitarios no cubiertos por el sistema público —especialmente en salud mental, atención bucodental, óptica y patologías crónicas— justifica la urgencia de esta reforma.

Qué gastos sanitarios podrán deducirse

Las deducciones por salud contemplan hasta 150 euros por el 30 % de los gastos derivados de patologías relacionadas con la salud mental en miembros de la unidad familiar.

También se añade una deducción de hasta 100 euros por gastos asociados a enfermedades crónicas de alta complejidad o raras, así como por diagnóstico de daño cerebral adquirido o alzhéimer. El límite se eleva hasta 150 euros en familias numerosas o monoparentales.

Asimismo, se fijan deducciones para tratamientos de salud bucodental no estética, de hasta 150 euros por el 30 % de las cantidades abonadas, y para la compra de cristales graduados, lentes de contacto y líquidos de limpieza, con un máximo de 100 euros por el 30 % del gasto.

Estos conceptos serán compatibles entre sí y el límite se establecerá por contribuyente. Los gastos podrán corresponder al propio declarante, a su cónyuge o a personas que generen derecho a mínimos familiares por descendientes o ascendientes.

Cuando dos contribuyentes tengan derecho a aplicar la deducción por asumir gastos vinculados a otras personas, la base se prorrateará a partes iguales.

No se incluirán en la base de la deducción las primas de seguros médicos ni las prestaciones que sean reintegrables por la Seguridad Social u otras entidades. Tampoco se integrarán cantidades destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro que ya disfruten de deducciones por donativos reguladas en la normativa estatal del IRPF.

Deducción por práctica deportiva

En el ámbito deportivo, la deducción general será del 30 % del gasto, hasta un máximo de 150 euros por contribuyente. Este porcentaje podrá llegar al 100 %, con el mismo tope, cuando el declarante sea mayor de 75 años o tenga una discapacidad igual o superior al 65 %.

El límite se fijará por contribuyente y los gastos podrán destinarse al propio declarante, su cónyuge o personas con derecho a mínimos familiares. Si dos contribuyentes aplican la deducción por gastos asociados a terceros, la base se dividirá por partes iguales.

Con esta reforma, el Consell amplía el alcance de las deducciones sociales en la Comunitat Valenciana y refuerza el apoyo fiscal a las rentas medias.


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