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viernes, 26 abril 2024

Condenan al exmarido de Mónica Oltra a 5 años de prisión por abusar de una menor

"No deja de sorprender el hecho que no solo no preguntaron a la niña por los presuntos abusos sino además que no se diera cuenta a la Fiscalía de Menores de los mismos", señala la sentencia.

La sección segunda de la Audiencia de Valencia ha condenado al exmarido de la vicepresidenta y consejera de Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, a cinco años de prisión y 10 de inhabilitación por haber abusado de una menor tutelada por la Generalitat de un centro de acogida del barrio de Campanar, en València, entre finales de 2016 y principios de 2017.

La sentencia considera probado que Luis Eduardo R. I. entraba a la habitación de la menor, que entonces tenía 13 años y a la cual castigaban en una habitación individual “llegar tarde, hacer ruido y hablar por las noches”. Lo hacía a petición de la propia menor “por la dificultad para coger el sueño por sus miedos”, e incluso le pedía que le hiciera un masaje en la zona del cuello y la espalda. “Una vez creía que se encontraba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba”, indica el fallo de la Sección Segunda, que considera probado que ocurrió en al menos una decena de ocasiones. La menor, “ante la vergüenza” se hacía la dormida.

La sala sostiene que los hechos han quedado probados por la declaración de la menor, de dos agentes de Policía, de una pericial y otras declaraciones que corroborarían los abusos para enervar la presunción de inocencia “más allá de todo duda razonable”.

La menor, que ahora tiene 17 años y se encuentra en un centro de corrección de menores tutelada por la Generalitat y había establecido una relación de confianza con el educador que le llevaba a explicarle los problemas con sus padres y a pedirle consejo. No lo denunció “porque pensaba que no la iba a creer en el centro”, y se lo contó a su novio y a su suegra, con quienes se quería ir a vivir, que la animaron a denunciar. La niña aseguró durante la vista que se reunió dos veces con las psicólogas de consellería y que pensó que no la creían y perdía el tiempo. Finalmente, el 22 de junio de 2017 se decide a declarar ante la Policía Nacional sin querer dar “más datos del monitor y del cual le cuesta hablar por temor”.

En la sentencia, el tribunal cuestiona las condiciones en las cuales declaró la menor en el juicio al ser esposada y custodiada por agentes, que se negaron a quitarle las esposas. De esta forma, entienden que se produjo una “nueva victimización de la niña, con clara infracción de sus derechos a recibir el apoyo, asistencia y trato respetuoso por todas las autoridades y funcionarios a lo largo del proceso penal, así como a su dignidad y a la debida asistencia, con infracción de las previsiones contenidas” en la Ley del Estatuto de la Víctima del Delito.

Así mismo, al tribunal le llama la atención que la directora del centro, que supo el que estaba sucediendo por una telefoneada de la entidad que gestionaba el dinero que el padre de la menor, a la prisión, pasaba a la niña, no le preguntara a pesar de su cargo por esos episodios, sino únicamente por las razones por las cuales quería abandonar el centro, y que tampoco lo hiciera una psicóloga de la Sección del Menor de la Dirección Territorial de Igualdad.

“No deja de sorprender el hecho que no solo no preguntaron a la niña por los presuntos abusos sino además que no se diera cuenta a la Fiscalía de Menores de los mismos”, señala la sentencia. La técnico de la entidad gestora del dinero, por su parte, declaró que el juicio que pensaba que la menor iba a sacar ventaja de la denuncia para estar fugada del centro con apoyo otras personas.