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sábado, 27 abril 2024

Condenado a siete años por violar a su pareja que estaba inconsciente en Jávea

El encausado accedió a la vivienda, en la que no residía de forma habitual

Un hombre de nacionalidad alemana y 43 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a siete años de prisión por agredir sexualmente a su expareja sentimental mientras se encontraba inconsciente, después de haber consumido alcohol y pastillas tranquilizantes.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, considera probado que la mujer no pudo prestar su consentimiento para mantener relaciones sexuales con el procesado puesto que se encontraba adormecida, en un estado de “sopor” que le impedía manifestar su voluntad.

Los hechos objeto de juicio se produjeron antes de las 9 horas del 5 de agosto de 2018 en una vivienda propiedad del acusado situada en una urbanización de Jávea (Alicante), en la que se encontraba residiendo la perjudicada de forma temporal, después de que el encausado y ella hubiesen puesto fin a su relación meses atrás.

La sentencia concreta que el encausado accedió a la vivienda, en la que no residía de forma habitual puesto que tenía su domicilio fijado en el municipio de Dénia, y que se dirigió hasta el dormitorio, donde encontró a su expareja profundamente dormida.

Entonces, “guiado por el ánimo de satisfacer sus deseos sexuales”, el procesado subió el vestido que llevaba la mujer, le bajó las bragas y la penetró.

La mujer permaneció en estado de inconsciencia y solo reaccionó al percibir los movimientos bruscos del encausado. Acto seguido, lo empujó para apartarse de él y comenzó a gritarle, lo que propició que el acusado se vistiese y abandonase la vivienda.

En ese momento, la mujer entró en estado de ansiedad y llamó a la Guardia Civil para pedir ayuda, por lo que fue trasladada hasta un centro médico, primero, y hasta el Hospital de Dénia después, para recibir asistencia y poder ser reconocida. Más tarde, presentó denuncia ante la Guardia Civil.

El procesado declaró en el juicio que había encontrado a su expareja en el domicilio de su propiedad, en el que había dejado que permaneciese de forma temporal a pesar de la ruptura, y que había conversado con ella al encontrarla triste por haber sido despedida del trabajo y por haber tenido noticias de problemas de su familia residente en Venezuela. En esta línea, sostuvo que la mujer había accedido a mantener relaciones sexuales con él.

No obstante, la perjudicada negó esa versión y señaló que se encontraba en estado de inconsciencia por el consumo de alcohol y pastillas que había tomado la noche anterior, después de salir a cenar con unos amigos. Además, añadió que al llegar a casa, se tumbó sobre el colchón sin cambiarse de ropa por el estado en el que se encontraba y que se despertó al notar que el procesado estaba sobre ella.

El tribunal confiere credibilidad al relato de la mujer tras valorar la persistencia de su versión y la profusión de detalles. Además, recalca que sus manifestaciones quedaron corroboradas por los amigos con los que había salido a cenar y por los agentes de la Guardia Civil que acudieron a la vivienda tras recibir su llamada.

Al margen de la pena de privación de libertad, la sentencia impone al acusado la medida de alejamiento a más de 300 metros de la víctima por un tiempo de diez años, así como otros cinco años de libertad vigilada y, además, establece que deberá indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 6.000 euros en compensación por los daños morales ocasionados.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.