Un juzgado de Alicante frena el desahucio de una madre y sus tres hijos hasta 2030

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Un juzgado de Alicante ha suspendido hasta 2030 el desahucio de una mujer y sus tres hijos al aplicar el nuevo decreto de vivienda del Gobierno, que entra en vigor este jueves.

Un juzgado de Alicante ha suspendido el desahucio de una mujer y sus tres hijos menores en la capital alicantina, previsto para este jueves, al aplicar el nuevo decreto de vivienda del Gobierno que entra en vigor el 8 de octubre. La decisión ha frenado el lanzamiento y ha dado a la familia un margen legal que, en principio, se extenderá hasta finales de 2030.

En el auto judicial se acuerda la suspensión del procedimiento de lanzamiento hasta el 31 de diciembre de 2030. De este modo, queda sin efecto el desalojo que estaba señalado para el mismo día en que empieza a aplicarse el Real Decreto 29/2026, aprobado el 6 de octubre y publicado en el Boletín Oficial del Estado.

La familia vive en una vivienda situada en la zona norte de Alicante desde 2014 con un alquiler social, según ha informado el Sindicat de Vivenda de Carolines. Se trata de una unidad familiar monoparental con tres menores a cargo, lo que ha sido relevante para valorar su situación de vulnerabilidad.

Fundamentos de la suspensión

La resolución, dictada por la plaza número dos de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Alicante, destaca el informe de los Servicios Sociales municipales. Ese documento señala que la mujer y sus tres hijos se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y sin alternativa habitacional ofrecida por la administración competente.

El juzgado recoge literalmente que en este caso existe un informe de vulnerabilidad elaborado por los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alicante. En él se indica que la ejecutada y su familia están en situación de vulnerabilidad económica y no disponen de una vivienda alternativa. A partir de ese informe, el tribunal entiende que concurren los requisitos que prevé el nuevo decreto.

El auto subraya además que la parte ejecutante es una persona jurídica dedicada a adquirir inmuebles. Por esa razón, considera aplicable el artículo 2 del Real Decreto 29/2026. Con base en esa norma, el órgano judicial considera que se debe suspender el lanzamiento previsto para mañana jueves, coincidiendo con la entrada en vigor de la nueva regulación.

La suspensión acordada se mantiene, en principio, hasta el 31 de diciembre de 2030. El juzgado añade que no existe motivo para fijar una compensación económica a favor de la parte demandante. Argumenta que no se trata de una persona jurídica que se dedique al alquiler habitual asequible o social, una condición que el decreto tiene en cuenta para valorar posibles indemnizaciones.

Revisión anual de la situación

El tribunal recuerda además que el propio Real Decreto fija un mecanismo de control periódico. En el punto 2, párrafos segundo a quinto, establece que la suspensión deberá revisarse cada doce meses. Esa revisión servirá para comprobar si se mantiene la situación de vulnerabilidad y la falta de alternativa habitacional que originaron la medida.

En la práctica, esto implica que la familia podrá seguir en la vivienda mientras se mantengan las circunstancias actuales y el juzgado lo confirme en cada revisión anual. Si cambian los ingresos, la composición familiar o aparece una alternativa habitacional adecuada, el tribunal podría modificar su decisión.

El Sindicat de Vivenda de Carolines ha explicado que el piso en el que reside la familia fue vendido cuando el contrato de arrendamiento seguía vigente. Según este colectivo, el comprador fue un fondo de inversión que no renovó el alquiler cuando finalizó el contrato e inició el procedimiento de desahucio.

Con el proceso de lanzamiento ya en marcha, siempre según el Sindicat de Vivenda de Carolines, la vivienda se vendió de nuevo a otra empresa inmobiliaria. La familia ha continuado en el domicilio durante estos cambios de propiedad, pero con el procedimiento judicial abierto.

El colectivo ha señalado también que están a la espera de la resolución de una ayuda social de emergencia solicitada al Ayuntamiento de Alicante. Esa prestación, si se concede, podría aliviar la situación económica de la familia mientras se mantiene la suspensión del desahucio al amparo del nuevo decreto de vivienda.