El Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat a ejercer la acción popular en los procedimientos relacionados con tres asesinatos machistas ocurridos este verano en la provincia de Alicante.
La medida afecta a la causa por el asesinato de Patricia P.M. en Callosa de Segura, ocurrido en junio, y al procedimiento por las muertes de María Lourdes M.T. y su hija Lucía F.M. en la pedanía alicantina de la Cañada del Fenollar durante el mes de julio.
Las tres víctimas han sido reconocidas como víctimas de violencia sobre la mujer. La personación permitirá a la Generalitat intervenir como acusación popular en las correspondientes actuaciones judiciales.
El Ejecutivo valenciano sostiene que la violencia contra las mujeres constituye un problema social y de interés general. Por ello, considera que los poderes públicos deben actuar de forma activa para avanzar hacia su erradicación.
La actuación institucional de la Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad busca sumar esfuerzos y mostrar de manera conjunta el rechazo ante los asesinatos machistas. Este protocolo se aplica cuando una mujer o sus hijos e hijas mueren como consecuencia de la violencia sobre la mujer en la Comunitat Valenciana.
La legislación autonómica contempla la acción popular
La decisión se ampara en el artículo 36 de la Ley 9/2003 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Esta norma permite que la conselleria competente en materia de Mujer proponga al Consell el ejercicio de la acción popular.
La representación puede asumirla la Abogacía General de la Generalitat o profesionales de la abogacía colegiados. Esta posibilidad se contempla en agresiones físicas que provoquen la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana.
La Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito valenciano también regula esta intervención. Su artículo 58 establece que la Generalitat ejercerá la acción popular en los procedimientos penales por delitos de violencia sobre la mujer con resultado de muerte.
La norma extiende esta actuación a los casos que generen alarma social o provoquen lesiones graves e invalidantes.
Por su parte, la Ley de Asistencia Jurídica de la Generalitat atribuye a los abogados y abogadas integrados en la Abogacía General la representación y defensa de la Administración autonómica ante los tribunales.





