El Ayuntamiento de Torrevieja abre este jueves, 23 de julio, el plazo para solicitar las ayudas municipales de 450 euros por cada hijo nacido o adoptado durante 2025. Las familias interesadas podrán tramitar la prestación hasta el próximo 2 de septiembre, tanto por vía electrónica como de forma presencial.
La convocatoria se dirige a los nacimientos producidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, así como a las adopciones cuya resolución se haya dictado durante ese mismo periodo. Además, en los casos de parto múltiple, se podrá percibir una ayuda de 450 euros por cada menor.
Podrán acceder a estas prestaciones los matrimonios, las parejas de hecho, las familias monoparentales y las personas titulares del libro de familia. También podrán acceder quienes dispongan del correspondiente certificado de nacimiento.
Entre los principales requisitos figura estar empadronado en Torrevieja con una antigüedad mínima de tres años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Además, el recién nacido deberá haber sido inscrito por primera vez en el padrón municipal de Torrevieja y compartir domicilio con la persona beneficiaria.
También será necesario ser mayor de edad o menor legalmente emancipado. Además, hay que disponer de residencia legal en España, contar con una cuenta bancaria y estar al corriente de las obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento.
Custodia compartida y casos excluidos
En situaciones de nulidad, separación o divorcio, la ayuda corresponderá al progenitor que tenga atribuida la custodia del menor. Cuando exista custodia compartida, la cuantía se repartirá al 50 % entre ambos progenitores.
Por cada menor solo podrá beneficiarse una de las dos personas progenitoras o adoptantes. Esto será válido ya sea en nombre propio o en representación de la unidad familiar.
No podrán acceder a la convocatoria las personas privadas total o parcialmente de la patria potestad. Tampoco podrán acceder aquellas cuyos hijos estén bajo la tutela de una institución pública.
Cómo presentar la solicitud
La tramitación podrá realizarse preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja mediante el procedimiento denominado “Solicitud de ayudas por nacimiento”. Las personas solicitantes deberán cumplimentar el formulario y adjuntar la documentación requerida.
Los impresos también estarán disponibles en las dependencias de la Concejalía de Bienestar Social y podrán presentarse presencialmente en el Registro de Entrada PROP.
La documentación obligatoria incluye el DNI o la tarjeta de residencia en vigor, el certificado de nacimiento o la resolución de adopción y el certificado de titularidad de la cuenta bancaria. Además, cuando no se autorice su consulta, se debe aportar el certificado de empadronamiento que incluya al recién nacido.
También deberá aportarse una declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En los casos de separación, divorcio o nulidad, será necesario presentar el convenio regulador o la correspondiente sentencia judicial.
Las ayudas se concederán a quienes cumplan los requisitos siguiendo estrictamente el orden de entrada de las solicitudes. Se concederán hasta que se agote el crédito presupuestario disponible.







