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miércoles, febrero 11, 2026

Despiden a una empleada de Renfe por apropiarse de indemnizaciones por retrasos de AVE

La trabajadora se embolsó cerca de 2.000 euros utilizando las claves de compañeros para tramitar devoluciones no reclamadas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado procedente el despido de una empleada de Renfe que se apropió de indemnizaciones correspondientes a pasajeros afectados por retrasos en trenes de alta velocidad.

La trabajadora, que desempeñaba funciones comerciales en la estación de Santa Justa (Sevilla), se embolsó cerca de 2.000 euros entre finales de diciembre de 2019 y enero de 2020. Durante ese periodo se tramitaron varias indemnizaciones por retrasos ferroviarios que, tras ser abonadas, fueron retiradas en efectivo sin que los legítimos destinatarios llegaran a reclamarlas.

La investigación interna determinó que la empleada utilizó las claves de compañeros autorizados para detectar billetes con derecho a compensación, comprobar si los pasajeros habían pagado en metálico y verificar si las cantidades ya habían sido devueltas. En los casos en que las indemnizaciones no habían sido reclamadas, procedía a retirar el dinero.

El fraude salió a la luz cuando un pasajero acudió a reclamar la compensación que le correspondía y se comprobó que ya figuraba como abonada. Tras ello, la empresa abrió una investigación que concluyó con el despido disciplinario.

Alegación empleada

La trabajadora recurrió la decisión alegando que atravesaba una situación económica complicada y que no existía perjuicio real al tratarse de fondos no reclamados. Sin embargo, el TSJA ha desestimado el recurso y ha respaldado la actuación de la empresa.

Resolución

En su resolución, el alto tribunal andaluz considera acreditado que la empleada actuó con planificación y organización, destacando que el sistema empleado requería un análisis previo de información sobre trenes retrasados, métodos de pago y estado de las devoluciones. La sentencia subraya que no se trató de un acto impulsivo, sino de una actuación estructurada.

El fallo confirma así la procedencia del despido disciplinario y avala las conclusiones alcanzadas tanto por la empresa como por el juzgado de lo Social en primera instancia.