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jueves, 28 marzo 2024

El TSJCV deniega la suspensión cautelarísima de las nuevas medidas sanitarias en la hostelería de Alicante

En este caso, el tribunal no aprecia circunstancias de especial urgencia para no oír a la Generalitat antes de pronunciarse, por lo que acuerda dar curso a la medida cautelar instada por el trámite ordinario.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha denegado la suspensión cautelarísima solicitada por dos asociaciones empresariales de Alicante de las nuevas medidas sanitarias para el sector de la hostelería adoptadas en la resolución de 25 de febrero de 2021 de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

El tribunal ha acordado seguir el cauce de la medida cautelar solicitada por el trámite ordinario y da dos días de plazo a la Generalitat para que presente alegaciones.

La Asociación de Restaurantes de Alicante (ARA) y la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (ALROA) presentaron este mismo lunes un escrito en el TSJCV en el que solicitaban la medida de suspensión cautelarísima de parte de la resolución de la Conselleria de Sanidad por la que se acordaban nuevas medidas en el sector ante la evolución de la pandemia de coronavirus.

Sanidad en esa resolución permitió únicamente la apertura de las terrazas al aire libre en los establecimientos y actividad de hostelería y restauración, con un aforo máximo del 75%, con un máximo de cuatro personas por mesa y fijando en las 18.00 horas el cierre de los locales. La distancia entre mesas en estos establecimientos será de 1,5 metros, con consumo siempre sentado y el uso de mascarilla mientras no se consuma.

En este caso, el tribunal, según el auto facilitado por el TSJCV, no aprecia circunstancias de especial urgencia para no oír a la Generalitat antes de pronunciarse, por lo que acuerda dar curso a la medida cautelar instada por el trámite ordinario, si bien reduciendo el plazo general de diez días, por lo que concede al Gobierno autonómico hasta el 4 de marzo para alegar contra la petición de los hosteleros.