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jueves, 25 abril 2024

La Generalitat destina una parcela de Benidorm a Centro de Turismo

Una vez entre en funcionamiento, el antiguo centro de turismo situado en la avenida Benissa revertirá al Ayuntamiento de Benidorm.

La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha aceptado la cesión gratuita, mediante mutación demanial, de una parcela en la partida Salt de l’Aigua de Benidorm, por parte del Ayuntamiento de la ciudad, para destinarla a Centro de Turismo, tal y como publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

La parcela, que consta de una superficie total de 5.320 metros cuadrados, limita al norte con el vial de acceso a la avenida de la Comunidad Europea y se acepta libre de cargas, gravámenes y al corriente de cualquier gasto.

El inmueble aceptado se incorporará ahora al Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat, en concepto de bien de dominio público afecto al servicio público turístico y adscrito a la Presidencia de la Generalitat, sin perjuicio de su posterior adscripción a Turisme Comunitat Valenciana.

A partir de ahora se establece un plazo máximo de cinco años para que se cumpla con la construcción del centro. Una vez entre en funcionamiento el nuevo centro, el antiguo centro de turismo situado en la avenida de Benissa número 6 de Benidorm, revertirá al Ayuntamiento de Benidorm.

Fundamentos de la cesión

La cesión se efectúa en conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat que regula la mutación demanial y establece que las administraciones territoriales de la Comunitat Valenciana podrán afectar bienes y derechos demaniales a un uso o servicio público competencia de la Generalitat, y transmitirle la titularidad de estas cuando resultan necesarias para el cumplimiento de sus fines.

En este sentido, se establece también que la Administración adquirente mantendrá la titularidad del bien mientras continúe afecto al uso o servicio público que motiva la mutación y, por lo tanto, conserva su carácter demanial.

Si el bien o derecho no es destinado al uso o servicio público o deja de destinarse posteriormente, revertirá a la Administración transmitente, integrándose en uno patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones.